Acuerdo N° 132-2021 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Fecha de publicación | 18 Octubre 2021 |
Número de registro | IN2021593568 |
Emisor | MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR |
N° 132-2021
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25 inciso 1, 27 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 206-2018 de fecha 10 de julio de 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 190 del 16 de octubre de 2018; modificado por el Informe N° 131-2021 de fecha 27 de mayo de 2021, emitido por PROCOMER; a la empresa Pertec Global Services Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-753355, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, bajo la categoría de empresa de servicios, de conformidad con lo dispuesto con el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley.
II.—Que mediante documentos presentados los días 05, 10, 13 y 17 de mayo, y 10 de agosto de 2021, en la Dirección de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Pertec Global Services Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-753355, solicitó, al amparo de los artículos 7 y 52 del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, una ampliación del plazo para completar la inversión nueva inicial y mínima total, aduciendo la afectación causada por la pandemia en su estrategia de negocios y el hecho de que encontrarse bajo la modalidad de teletrabajo.
III.—Que la instancia interna de la administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Pertec Global Services Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-753355, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 111-2021, acordó someter a consideración del Ministerio de Comercio Exterior la solicitud...
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