Acuerdo Nº 151-2019 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR
Fecha de publicación | 19 Septiembre 2019 |
Número de registro | IN2019382619 |
Emisor | MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR |
Nº 151-2019
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, los numerales 25, 27 párrafo primero y 28 párrafo segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley Nº 7638 del 30 de octubre de 1996, el Decreto Ejecutivo Nº 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, y
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 168-2015 de fecha 12 de mayo de 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 151 del 05 de agosto de 2015, modificado por el Informe Nº 53-2016 de fecha 28 de abril de 2016, emitido por PROCOMER, por el Informe Nº 54-2016 de fecha 29 de abril de 2016, emitido por PROCOMER, por el Informe Nº 62-2018 de fecha 03 de abril de 2018, emitido por PROCOMER, y por el Informe Nº 63-2018 de fecha 03 de abril de 2018, emitido por PROCOMER, a la empresa Crop’s & Partners Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-691691, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento, bajo la categoría de industria procesadora, de conformidad con lo dispuesto con el inciso 0 del artículo 17 de dicha Ley.
II.—Que mediante documentos presentados los días 15 y 23 de mayo de 2019, en la Dirección de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Crop’s & Partners Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-691691, solicitó, al amparo de los artículos 7, 52 y 66 del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, una ampliación del plazo para completar la inversión nueva inicial y la inversión mínima total, la modificación de la fecha de inicio de operaciones productivas, y la modificación de la fecha de cumplimiento del nivel de empleo.
III.—Que la Instancia Interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Crop’s & Partners Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-691691, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el Informe Nº 89-2019 de la Dirección de Regímenes Especiales...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba