Acuerdo N° 168-2021 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación07 Enero 2022
Número de registroIN2021612812
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

168-2021

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas número 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica número 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 34739COMEX-H del 29 de agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas,

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo 032-2019 de fecha 21 de febrero de 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 84 del 08 de mayo de 2019; modificado por los informes números 82-2019 de fecha 15 de mayo de 2019; 83-2019 de fecha 15 de mayo de 2019; 197-2019 de fecha 24 de octubre de 2019; 198-2019 de fecha 24 de octubre de 2019; 08-2020 de fecha 09 de enero de 2020; 09-2020 de fecha 09 de enero de 2020; 11-2020 de fecha 09 de enero de 2020; 56-2020 de fecha 02 de marzo de 2020; 57-2020 de fecha 02 de marzo de 2020; 58-2020 de fecha 03 de marzo de 2020; 180-2020 de fecha 28 de agosto de 2020; todos emitidos por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER; y por el Acuerdo Ejecutivo 33-2021 de fecha 26 de febrero de 2021, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 81 del 28 de abril de 2021; a la empresa GFI Pharma Logistics Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-774332, se le otorgó el Régimen de Zonas Francas, clasificándola como empresa de servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley 7210 y sus reformas.

II.—Que mediante documentos presentados los días 01 y 08 de octubre de 2021, en la

Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER, la empresa GFI Pharma Logistics Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-774332, solicitó la ampliación de la actividad.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de PROCOMER en la Sesión 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa GFI Pharma Logistics Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-774332, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER número 241-2021, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por Tanto,

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo 032-2019 de fecha 21 de febrero de 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 84 del 08 de mayo de 2019 y sus reformas, para que en el futuro la cláusula segunda se lea de la siguiente manera:

“2. La actividad de la beneficiaria como empresa de servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, se encuentra comprendida dentro de la clasificación CAECR “8211 Actividades combinadas de servicios administrativos de oficina”, con el siguiente detalle: Tesorería, compras, contabilidad, finanzas y recursos humanos, incluyendo la búsqueda, selección, recomendación y colocación de personal (incluso ejecutivo), administración y gestión de planillas, entrenamiento, capacitación y en general desarrollo de nuevas habilidades técnicas, bajo la modalidad de servicios compartidos; pronósticos de ventas y demanda; auditoría interna de procesos, mejora continua de procesos, y seguimiento a reportes; cuentas por cobrar, compras (“procurement”), gestión de pedidos; y prestación de una combinación de servicios administrativos de oficinas corrientes, como recepción, planificación financiera, facturación y registro, personal, logística, servicios digitales de negocios, informáticos y estrategias de comercialización y planificación; CAECR “5229 Otras actividades de apoyo al transporte”, con el siguiente detalle: Servicios de logística integral que incluye la planificación, control y manejo de inventarios, recepción, custodia, fraccionamiento, selección, alisto, empaque, embalaje, facturación y etiquetado de todo tipo de mercancías; y procesos logísticos de optimización y mejora de cadena de suministro; CAECR “7010 Actividades de oficinas principales”, con el siguiente detalle: Actividades de oficinas principales, relacionadas con supervisión y gestión de otras unidades de la misma compañía, planificación estratégica u organizativa y definición de la función decisoria de la compañía, el control operativo y la gestión de las operaciones corrientes de las otras unidades; y CAECR “8220 Actividades de centros de llamadas”, con el siguiente detalle: Cobros, interpretación, soporte técnico, servicio al cliente, cumplimiento, ventas, compras. Lo anterior se visualiza en el siguiente cuadro:

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