Acuerdo N° 170-2020 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación14 Enero 2021
Número de registroIN2021516744
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 170-2020

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas,

Considerando:

I.—Que con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210 y sus reformas, mediante Acuerdo Ejecutivo N° 67-2020 de fecha 06 de mayo de 2020, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 216 del 28 de agosto de 2020, a la empresa PITALIA S. A., cédula jurídica N° 3-101-720473, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su reglamento, clasificándola como industria procesadora, de conformidad con el inciso f) del artículo 17 de dicha ley.

II.—Que mediante documentos presentados los días 16 de setiembre, 09 y 15 de octubre, y 02 de noviembre de 2020, en la Dirección de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Pitalia S. A., cédula jurídica N° 3-101-720473, solicitó la ampliación de la actividad, el aumento del nivel de empleo y el aumento del nivel de inversión.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la junta directiva de PROCOMER en la sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la Pitalia S. A., cédula jurídica N° 3-101-720473, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 220-2020, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de ley. Por tanto,

ACUERDAN:

1°—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 67-2020 de fecha 06 de mayo de 2020, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 216 del 28 de agosto de 2020, para que en el futuro las cláusulas segunda y sexta, se lean de la siguiente manera:

“2. La actividad de la beneficiaria como ...

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