Acuerdo N° 192-2019 LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación21 Octubre 2019
Número de registroIN2019394012
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

192-2019

LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley 9632 publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 11 de diciembre de 2018, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el artículo segundo y el artículo IV del Acuerdo de Viaje número 143-2019, de fecha veintiuno de mayo de 2019, para que se lea de la siguiente manera:

“Artículo segundo: Los gastos por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y de hospedaje, a saber $1.886.16 (mil ochocientos ochenta y seis dólares con dieciséis centavos) para cada una, serán costeados con recursos de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER). Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y de regreso y cualquier erogación que por concepto de penalización deba girarse por cambios imprevistos y debidamente justificados en los tiquetes aéreos, serán cubiertos con recursos de la Promotora. De igual manera, el transporte terrestre en Costa Rica y en París, Francia y los gastos correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica. El seguro viajero será cubierto con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), por la subpartida 10601 del programa 796. Se les autoriza para hacer escala en Atlanta, Estados Unidos de América, por conexión. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo hacia el lugar de destino viajan a partir del 01 de junio. El 1°, 2, 8 y 9 de junio corresponden a fin de semana. Por condiciones...

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