Acuerdo N° 196-2019 LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación21 Octubre 2019
Número de registroIN2019394019
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

196-2019

LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N°9632 publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 11 de diciembre de 2018, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y

Considerando:

I.—Que de conformidad con la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior, le corresponde entre otras funciones, definir y dirigir la política comercial externa y de inversión extranjera del país. Asimismo, COMEX posee atribuciones respecto al seguimiento y cumplimiento de los compromisos asumidos en instrumentos suscritos por el país en materia de comercio e inversión, y en cuanto a la protección y representación de los intereses de Costa Rica, incluido el seguimiento a controversias surgidas entre inversionistas extranjeros y entidades gubernamentales. Es en este contexto que Costa Rica ha suscrito y ratificado tratados de protección recíproca de inversiones y tratados de libre comercio que regulan el tema de inversión con varias naciones, en los cuales se contemplan mecanismos de solución de controversias. En términos generales, este mecanismo remite a las reglas de arbitraje del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), o a las de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), para dirimir las controversias originadas en el marco de dichos acuerdos. Asimismo, Costa Rica aprobó el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados, mediante la Ley 7332 publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” N°72 del 16 de abril de 1993.

II.—Que con base en los instrumentos jurídicos mencionados, en febrero de 2014, el Ministerio de Comercio Exterior fue notificado de un arbitraje internacional de inversión presentado por inversionistas canadienses, al amparo del Tratado Bilateral de Inversión entre Costa Rica y Canadá...

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