Acuerdo N° 2299 LA DEFENSORA DE LOS HABITANTES DE LA REPÚBLICA

Fecha de publicación25 Enero 2021
Número de registroIN2021520305
EmisorDE LA REPÚBLICA

N° 2299

LA DEFENSORA DE LOS HABITANTES DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en los artículos 1, 2, 10 y 11 de la Ley de la Defensoría de los Habitantes de la República, Ley N° 7319 publicada en La Gaceta N° 237 del 10 de diciembre de 1992; los artículos 84 inciso a), 87 inciso i), 89 incisos 1 y 4), 90, 91, 92, 102 y 103 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227; los artículos 1, 3, 8, 9 incisos a) y d), 10, 11, 12 incisos a), c) y e), 20, 21, 22, 54 párrafo primero y 56 del Reglamento a dicha Ley, Decreto Ejecutivo N° 22266-J del 16 de julio de 1993; los artículos 3, 4 y 6 del Estatuto Autónomo de Organización de la Defensoría de los Habitantes que es Acuerdo N° 528-DH del 11 de mayo de 2001.

Considerando:

1ºQue la Defensora de los Habitantes de la República es la máxima autoridad en la organización, ejecución y desarrollo de las funciones y disposiciones que asignan a la institución la Ley N° 7319 y su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 22266-J.

2ºQue para el eficiente cumplimiento de las atribuciones y competencias del órgano, la Defensora de los Habitantes tiene la potestad de definir las estrategias y acciones más apropiadas que posibiliten la consecución de los objetivos institucionales.

3ºQue entre tales acciones y estrategias, la Defensora de los Habitantes tiene la potestad expresa de delegar realización de las funciones y actividades que aseguren el mejor funcionamiento de la institución.

4ºQue conforme lo preceptúa claramente el artículo 10 de la Ley N° 7319, 11 y 12 inciso a) del respectivo Reglamento Ejecutivo, el Defensor Adjunto de los Habitantes es el colaborador director del o la Jerarca institucional y por delegación del o la Defensora de los Habitantes tiene incluso las mismas facultades de la Jerarca.

5ºQue a efectos de la presente modificación se incorpora un inciso c) y se corre la numeración con el fin de integrar la Delegación en el/la directora(a) de Admisibilidad y Atención Inmediata y el/la directora(a) de Oficinas Regionales, para la firma de las Resoluciones de Inadmisibilidad.

6ºAsimismo, toda comunicación que se dirija a un Jerarca, que no se contempla en la lista establecida en el Artículo Segundo, serán suscritos por las Jefaturas de Regionales o Directores según corresponda y no ya por la Defensor(a) Adjunto(a). En la presente modificación, se eliminan del Artículo segundo, la firma por parte del despacho de los Alcaldes o Alcaldesas. Por tanto,

SE ACUERDA:

MODIFÍQUESE EL ACUERDO 2295

DOCUMENTO ÚNICO DE DELEGACIÓN DE FIRMA

DE DOCUMENTOS EN MATERIA DE DEFENSA

PARA QUE EN ADELANTE SE LEA

1º—Para realizar las actividades materiales necesarias para el eficiente ejercicio de la función de defensa, incluyendo la adopción formal de los actos administrativos, de conformidad con documentos que constan a la plataforma informática de defensa, corresponde suscribir los siguientes documentos:

a.- A los Directores (as), así como a los Jefes (as) de las Oficinas Regionales

Documento

Actas de Inspección

Acumulación de la queja

Acuse de Recibo a Funcionario(a)

Admisibilidades

Cierre de Expediente por Gestiones Informales (favorables al habitante)

Cierre de Expediente por Omisión de Respuesta

Cierre favorable de la Consulta

Informe de Atención Medica para Personas Privadas de Libertad

Invitación a Reunión

Notificación de Admisibilidad y Solicitud de Informe a Funcionario(a)

Notificación y Solicitud de Informe a Funcionario(a)

Orientación a Contralorías de Servicio

Orientación al Habitante

Remisión de Acta de Inspección

Remisión de Informe recibido

Remisión de Recurso de Reconsideración

Solicitud de Ampliación de Información

Solicitud de Criterio a Interesado

Solicitud de información adicional

Solicitud de Información Adicional para Efectos de Seguimiento

Solicitud de informe a funcionarios (as)

Solicitud de Informe por Atención Inmediata

Solicitud de Informe por Omisión de Respuesta

Traslado de Queja a Contraloría de Servicios

Traslado de Queja a Órgano de Control

* Toda comunicación que se dirija a un Jerarca deberá ser suscrita por el Despacho (se excluyen las copias)

b.- Sólo los Directores(as) (se excluye Jefes (as) de oficinas Regionales)

Documento

Cierre de Expediente en Seguimiento/Monitoreo (sea favorable o desfavorable)

Cierre de Expediente por Gestiones Informales (sea favorable o desfavorable)

Cierre desfavorable de la Consulta

Cierre por carátula (sea favorable o desfavorable) (Art. 33 M.P.)

Cierre por Falta de Interés Actual

Informe Final sin Recomendaciones (sea favorables o desfavorable)

Informe por Incumplimiento de Titular Subordinado

Recordatorio de Recomendación (Art. 52 M. P.)

Recordatorio para efectos de Seguimiento (Art. 52 M. P.)

Recordatorio para la Presentación de Informe (Art. 52 M. P.)

Solicitud colaboración técnica. (Art. 27 M.P.)

Suspensión de Trámite de Expediente por Gestión ante el Poder Judicial

* Toda comunicación que se dirija a un Jerarca que se contemple en el artículo segundo deberá ser suscrita por el Despacho

c.- A los directores(as) de Admisibilidad y Atención Inmediata y al Director(a) de Oficinas Regionales

Documento

Inadmisibilidades

* Toda comunicación que se dirija a un Jerarca que se contemple en el artículo segundo deberá ser suscrita por el Despacho.

d.- A la Directora de Mujer

Documento

Acuse de recibo y Cierre de H.S

Informe final a Seguimiento de Procedimiento de H.S.

Inicio de Seguimiento Hostigamiento Sexual (H.S.)

Notificación y solicitud de Estado de Seguimiento a procedimiento de H.S.

Notificación y solicitud de inicio de Seguimiento H.S.

Recordatorio de Recomendación en informe final de Seguimiento H.S.

Recordatorio para Presentación de Informe de Seguimiento H.S. (Art. 52 M. P.)

Resolución Interlocutoria en Seguimiento a Procedimiento de H.S.

Solicitud de Ampliación de Información de Seguimiento de H.S.

Solicitud de Información Adicional para Efecto de Seguimiento a Informe final de H.S.

* Toda comunicación que se dirija a un Jerarca que se contemple en el artículo segundo deberá ser suscrita por el Despacho.

e.- A la Defensor(a) de los Habitantes o Defensor(a) en funciones:

Documento

Acciones Judiciales (Art. 87 M.P.)

Advertencias en la defensa de derechos humanos (Art. 103 M.P.)

Apersonamiento en vía jurisdiccional a Seguimiento H.S

Autorización de Apertura de las Investigaciones Estructurales. (Art. 43 M.P.)

Autorización de Apertura de las Investigaciones Temáticas. (Art. 48 M.P.)

Autorización de inicio de diálogo social. (Art. 108 M.P.)

Citación (Art. 54 M. P.)

Criterio sobre Proyectos de Ley (Art. 101 M.P.)

Firma Audiencias Públicas a nivel nacional (Art. 83 M.P.)

Informe Final con Recomendaciones

Informe final con recomendaciones a seguimiento de procedimiento de H.S

Informes ante Organismos Internacionales (Art. 111 M.P.)

Notificación y solicitud de informe a jerarca (definidos en el artículo segundo)

Notificación y Solicitud de Informe a Jerarca de Seguimiento de Estado procedimiento H.S.

Presentación de Amicus Curiae en relación con opiniones consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. (Art. 115 M.P.)

Prevención a Jerarcas para la Presentación de Informe

Prevención para efectos de Seguimiento

Prevención para la Presentación de Informe a Miembros de Poderes Supremos

Prevención para la Presentación de Informe de Seguimiento H.S.

Resolución de Recurso de Reconsideración

Solicitud de medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de DD.HH. (Art. 116 M.P.)

Solicitud de procedimiento disciplinario y/o remisión al Ministerio Público. (Art. 55 M.P.)

f.- A la Defensor(a) Adjunto(a) de los Habitantes

Documento

Conflicto de competencias. (Art. 21 M.P.)

2º—Toda comunicación que se dirija a un Jerarca deberá ser suscrita por el Despacho. El Defensor (a) de los Habitantes suscribirá toda comunicación dirigía a:

- Jerarcas de los Supremos Poderes

- Contralor (a) General de la República

- Ministros (a),

- Procurador (a) General de la República

- Jerarcas Autónomas con rango Ministros(as)

- Jerarcas Instituciones Autónomas

- Diputados (as)

- Gerencias de la CCSS

- Magistrados (as) del TSE

- Gerencia General del IMAS

Magistrados (as) de Corte Suprema de Justicia

Es todo. Comuníquese. Dado en la Ciudad de San José, a las ocho horas cuarenta minutos del día dieciocho de diciembre del dos mil veinte.

Catalina Crespo Sancho, Defensora de los Habitantes de la República.—1 vez.—O.C. N° 015018.—Solicitud N° 245528.—( IN2021520305 ).

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