Acuerdo N° 250-P EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Fecha de publicación18 Mayo 2015
Número de registroIN2015029280
EmisorPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

N° 250-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones y facultades constitucionales y legales señaladas en el artículo 139 inciso 1) de la Constitución Política de la República de Costa Rica y el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, número 6227 del dos de mayo de mil novecientos setenta y ocho.

Considerando:

I.—Que el Secretaria General de las Naciones Unidas ha cursado invitación a la señora Cristina Ramírez Chavarría en su calidad de Ministra de Justicia y Paz como Jefa de la Delegación de Costa Rica dentro del marco referente al XIII Congreso de las Naciones Unidas sobre la Prevención del Delito y Justicia Penal, que se celebrará en el Estado de Qatar durante el período del 12 al 19 de abril, 2015 y donde se determinará las prioridades de la comunidad internacional y las normas de trabajo en el campo de la prevención del delito y justicia penal para los próximos cinco años.

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar a la señora Cristina Ramírez Chavarría, Ministra de Justicia y Paz, con cédula de identidad N° 1-0795-0253, para que participe como Jefa de la Delegación de Costa Rica en el XIII Congreso de las Naciones Unidas sobre la Prevención del Delito y Justicia Penal, que se celebrará en el Estado de Qatar durante el período del 12 al 19 de abril, 2015.

Artículo 2°—Los gastos de la señora Ramírez Chavarría, por concepto de viáticos en el exterior, que comprende alimentación, hospedaje y transporte aéreo serán cubiertos por la Organización de las Naciones Unidas.

Artículo 3°—La funcionaria devengará el 100% de su salario durante el tiempo en que rija este acuerdo.

Artículo 4°—En tanto dure la ausencia de la señora Ministra de Justicia y Paz, se nombrará al señor Víctor Barrantes Marín, como Ministro a.i. del Ministerio de Justicia y Paz, cédula de identidad número 6-0329-0391, de las 7:40 horas del 10 de abril a las 20:19 horas de 20 de abril del presente año.

Artículo 5°—Rige a partir de las 7:40 horas del 10 de abril, hasta las 20:19 horas 20 de abril del 2015.

Dado en la Presidencia de la República, el día 06 de abril de dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍ RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 23705.—Solicitud N° 8271.—C- 36470.—(IN2015029280).

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