Acuerdo N° 31-2020 MSP EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Fecha de publicación13 Marzo 2020
Número de registroIN2020443965
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

N° 31-2020 MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 4, 25.2, 28.1 y 2 inciso a) y 92 de la Ley General de la Administración Pública N° 6227, el Decreto Ejecutivo N° 41174-MEP-MSP-MTSS-S-MOPT-H de 25 de junio de 2018, el Acuerdo 027-P del 25 de junio de 2018, ambos publicados en La Gaceta N° 124 del 10 de julio del 2018, así como el Acuerdo 181-P del 22 de febrero del 2019 publicado en La Gaceta N° 63 del 29 de marzo del 2019.

ACUERDA:

Artículo 1ºDelegar en el señor Randall Vega Blanco, cédula de identidad N° 1-0914-0296, quien funge como Viceministro Administrativo de Seguridad Pública, la firma del Ministro para el dictado de las resoluciones administrativas referentes a los derechos laborales de las y los servidores y ex servidores de la Administración Pública bajo la competencia del Poder Ejecutivo, cuando el monto acreditado no supere los 40,000,000.00 (cuarenta millones de colones con cero céntimos) correspondientes al Ministerio de Seguridad Pública.

Artículo 2ºDejar sin efecto el Acuerdo N° 73-2018 MSP del 11 de julio del 2018, publicado en La Gaceta N° 144 del 9 de agosto del 2018.

Artículo 3ºRige a partir de su publicación.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los veinticuatro días del mes de febrero del dos mil veinte.

Michael Soto Rojas, Ministro de Seguridad Pública.—1 vez.—O.C. N° 4600032445.—Solicitud N° 188793.—( IN2020443965 ).

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