Acuerdo Nº 56-2020 MSP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Fecha de publicación08 Julio 2020
Número de registroIN2020469037
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Nº 56-2020 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el artículo 140 inciso 1 de la Constitución Política.

Considerando:

I.—Que en Acuerdo N° 014-2016 MSP del 18 de enero de 2016, publicado en La Gaceta N° 52 del 15 de marzo de 2016, se nombró al Comandante Juan Luis Vargas Castillo, cédula de identidad: 20494-0300 en las funciones de Director del Servicio de Vigilancia Aérea. Que dicho nombramiento se ha venido prorrogando por medio de los Acuerdos N° 82-2016 MSP, del 29 de abril de 2016, publicado en La Gaceta N° 163 del 25 de agosto de 2016, N° 148-2016 MSP del 03 de agosto de 2016, publicado en La Gaceta N° 209 del 01 de noviembre de 2016 y N° 53-2017 MSP del 27 de marzo de 2017, publicado en La Gaceta N° 100 del 29 de mayo de 2017.

II.—Que el señor Vargas Castillo ha seguido ejerciendo el cargo de Director de Vigilancia Aérea y ha manifestado su anuencia a continuar realizando las tareas atientes al mismo, manteniendo el puesto que ocupa en propiedad N° 106693, de la Clase Jefe De Operaciones Aeronáuticas, así como el salario y los pluses atinentes a dicho puesto. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto Ejecutivo N° 23880 “Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Pública” del 06 de diciembre de 1994, publicado en La Gaceta N° 9 del 12 de enero de 1995, que establece: “Los traslados mayores de tres meses requieren de la anuencia del servidor”.

III.—Que por razones de oportunidad, interés público y necesidad institucional, es indispensable mantener al Comandante Vargas Castillo como Director del Servicio de Vigilancia Aérea.

ACUERDAN

Artículo 1ºProrrogar el nombramiento del Comandante Juan Luis Vargas Castillo, cédula de identidad: 2-0494-0300, en las funciones de Director del Servicio de Vigilancia Aérea hasta el 31 de diciembre de 2020, pudiéndose ampliar dicho plazo con la anuencia del servidor.

Artículo 2ºRige a partir del primero de octubre de dos mil diecisiete y hasta el treinta y uno de diciembre de 2020.

Dado en la Presidencia de la República el veintidós de abril del dos mil veinte.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—El Ministro de Seguridad Pública, Michael Soto Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 4600037523.—Solicitud Nº 207403.—( IN2020469037 ).

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