Acuerdo Nº 666-P EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Fecha de publicación20 Octubre 2021
Número de registroIN2021592642
EmisorPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 666-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones y facultades que le confieren los artículos 139 de la Constitución Política; artículo 47 inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

I.—Que el dictamen de la Procuraduría General de la República Nº C-475-2006 del 28 de noviembre del 2006 dispone en lo conducente que “...a no dudarlo, tanto los ministros como viceministros, tienen derecho a las vacaciones anuales remuneradas, a tenor del mencionado numeral 59 constitucional (...) y artículos 24 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 7 literal d) del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otros”.

II.—Que el señor Ministro de Gobernación y Policía y Ministro de Seguridad Pública, fue autorizado para disfrutar de vacaciones del veintisiete de septiembre hasta el primero de octubre del dos mil veintiuno.

ACUERDA:

Artículo 1ºAutorizar al señor Michael Soto Rojas, cédula de identidad número 01-0995-0438, Ministro de Gobernación y Policía y Ministro de Seguridad Pública, para que disfrute de las vacaciones a partir de las cero horas del veintisiete de septiembre, hasta las veinticuatro horas del primero de octubre de dos mil veintiuno.

Artículo 2ºEn ausencia del señor Michael Soto Rojas, se nombra como Ministro a. í. de los Ministerios de Gobernación y Policía y de Seguridad Pública, al señor Luis Carlos Castillo Fernández, cédula de identidad número 02-0315-0531, Vice Ministro de Seguridad Pública, de las cero horas del veintisiete de septiembre, hasta las veinticuatro horas del primero de octubre de dos mil veintiuno.

Artículo 3ºRige a partir de las cero horas del veintisiete de septiembre, hasta las veinticuatro horas del primero de octubre de dos mil veintiuno.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—1 vez.—O. C. N° 4600053138.—Solicitud N° 301726.—( IN2021592642 ).

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