Acuerdo Nº A-006-2007 de Superintendencia General de Entidades Financieras, 06-01-2007
| Año | 2007 |
| Fecha | 06 Enero 2007 |
| Número de acuerdo | A-006-2007 |
| Tipo de documento | Acuerdo |
SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
Certificada con ISO-9001/2000
Teléfono (506)243-4848
Facsímile (506)2434849
Apartado 2762-1000
San José, Costa Rica
Correo electrónico:
sugefcr@sugef.fi.cr
Internet: www.sugef.fi.cr
-1-
SUGEF-A-006. Superintendencia General de Entidades Financieras. Despacho del
Superintendente General de Entidades Financieras, a las 9 horas del 2 de marzo del
2007.
Considerando que:
1. El artículo 6 del Acuerdo SUGEF 1-05 “Reglamento para la calificación de deudores”
faculta al Superintendente General de Entidades Financieras para modificar los
lineamientos generales de esa normativa.
2. La metodología de actualización de la garantía de las operaciones crediticias establece
que el valor mitigador de los vehículos automotores debe considerar un porcentaje de
depreciación anual calculado sobre el valor en colones de la garantía.
3. Para el caso operaciones denominadas en moneda extranjera cubiertas con garantías en
esa moneda, destinadas al financiamiento de vehículos automotores, el ajuste por
depreciación al valor de la garantía debe hacerse sobre la base de su valor en moneda
extranjera, el cual además debe actualizarse al cierre de cada mes. Lo anterior es
necesario para reflejar la realidad del mercado, en cuanto a que existe cierta
proporcionalidad entre el saldo de la operación y el valor mitigador.
Dispone:
1) Incluir un párrafo al final del aparte Metodología de actualización, del inciso B.
Actualización del valor de la garantía, capítulo III “ANÁLISIS DE LAS
GARANTÍAS”:
[…]
Para el caso de vehículos automotores que respaldan operaciones de crédito
denominadas en moneda extranjera y cuyo monto de la garantía se determina en
moneda extranjera, el cálculo de la depreciación debe efectuarse sobre el monto en
moneda extranjera de la garantía y el valor resultante de la garantía debe expresarse
en colones al tipo de cambio de compra de referencia del Banco Central de Costa Rica
al cierre de cada mes.
[…]
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
José Armando Fallas Martínez
Intendente General
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