Acuerdo Nº DM-FP-6342-2021 EL MINISTRO DE SALUD

Fecha de publicación17 Septiembre 2021
Número de registroIN2021582335
EmisorMINISTERIO DE SALUD

Nº DM-FP-6342-2021

EL MINISTRO DE SALUD

En uso de las facultades que confieren los artículos 146 de la Constitución Política; 28 inciso 2), acápite b) Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, “Ley General de la Administración Pública”; 1, 2 y 355 Ley N° 5395 de 30 de octubre de 1973, “Ley General de Salud·”, 5 de la Ley N° 5412 de 08 de noviembre de 1973 y sus reformas, “Ley Orgánica del Ministerio de Salud” y 5 del Decreto Ejecutivo N° 36406-S de 03 de enero del 2011 “Reglamento Orgánico del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud”.

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ministerial N° DM-MGG-2925-2020 de fecha 05 de mayo de 2020, con rige del 08 de mayo del 2020 hasta el 08 de mayo de 2022, se nombró a la Dra. Alejandra María de los Ángeles Acuña Navarro, cédula de identidad N° 1-0539-0613, como Presidente del Consejo Técnico del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA).

II.—Que la Dra. Alejandra María de los Ángeles Acuña Navarro, por su jubilación, renuncia al cargo de presidente del Consejo Técnico del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA).

III.—Que se considera oportuno y necesario sustituir al presidente del Consejo Técnico del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA). Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1ºAceptar la renuncia presentada por la Dra. Alejandra María de los Ángeles Acuña Navarro, cédula de identidad N° 1-0539-0613, como presidente del Consejo Técnico del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA), y se le agradece por los servicios prestados.

Artículo 2ºDesignar como presidente del Consejo Técnico del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA), a la Dra. Ileana de la Trinidad Vargas Umaña, cédula de identidad N° 1-0532-0210, Viceministra de Salud.

Artículo 3ºRige a partir del 01 de setiembre de 2021 al 08 de mayo de 2022.

Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los dos días del mes de setiembre de dos mil veintiuno. Publíquese.

Dr. Daniel Salas Peraza, Ministro de Salud.—1 vez.—O. C. N° 4600037836.—Solicitud N° 295017.—( IN2021582335 ).

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