Acuerdo N° DM-MGG-3354-2019 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE SALUD

Fecha de publicación19 Septiembre 2019
Número de registroIN2019382156
EmisorMINISTERIO DE SALUD

DM-MGG-3354-2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SALUD

En uso de las atribuciones que les confieren los artículos 146 de la Constitución Política; 28 inciso 2 literal b) de la Ley 6227 de 2 mayo de 1978, “Ley General de la Administración Pública”; 1 y 2 de la Ley 5395 de 30 de octubre de 1973, “Ley General de Salud

Considerando:

I.—Que la salud de la población es tanto un derecho fundamental, como un bien de interés publico tutelado por el Estado.

II.—Que el día 28 de setiembre de 2019, la Asociación Costarricense de Cardiología (ASOCAR), estará realizando la actividad “Día Nacional del Corazón”.

III.—Que el Día Mundial del Corazón es celebrado con campañas y eventos en más de 100 países simultáneamente desde el año 2000, por lo que se ha instituido como una oportunidad única para dar a conocer las enfermedades cardiovasculares, su prevención, control y tratamiento.

IV.—El fin primordial del Día Mundial del Corazón es educar a la población en el reconocimiento de los factores de riesgo cardiovascular y el impacto que tienen los hábitos de vida saludable en la salud integral, además de permitir el reconocimiento de instituciones que concentran esfuerzos en la generación de bienestar para iniciar una línea de trabajo conjunta.

V.—Que es una efeméride instaurada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), debido a que la enfermedad cardiovascular es la principal causa de muerte a nivel global. Al año, 17.3 millones de personas mueren en el mundo a causa de enfermedades cardiovasculares, (1.9 millones de esas muertes ocurren en la región de Las Américas).

VI.—Que la Asociación Costarricense de Cardiología (ASOCAR) ha solicitado al Ministerio de Salud se declare de Interés Público y Nacional el 29 de setiembre de cada año por el lapso de 5 años el “Día Mundial del Corazón”. Por tanto,

ACUERDAN:

DECLARAR DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL EL DÍA 29 DE SETIEMBRE DE CADA AÑO POR EL LAPSO DE 5

AÑOS COMO EL “DÍA NACIONAL DEL CORAZÓN

Artículo 1°—Declárese de interés Público y Nacional, el 29 de setiembre de cada año por el lapso de 5 años, como “El día Nacional del Corazón”, cuya celebración se realizará el 28 de setiembre de 2019.

Artículo 2°—Las dependencias del Sector Público y del Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa realización de las actividades indicadas.

Artículo 3°—El...

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