Acuerdo N° MS-DM-FP-1149-2023 EL MINISTRO DE SALUD

Fecha de publicación17 Marzo 2023
Número de registroIN2023727292
EmisorMINISTERIO DE SALUD

N° MS-DM-FP-1149-2023

EL MINISTRO DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) de la Constitución Política; 25 inciso 1), 28 inciso 2) literal a), 89, 90, 91 y 92 de la Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, “Ley General de la Administración Pública” y Acuerdos Presidenciales N° 002-P, del 8 de mayo de 2022, publicado en La Gaceta N° 85, Alcance N° 91 del 10 de mayo de 2022 y N° 197-P, del 8 de febrero del 2023, con rige a partir de esa fecha, publicado en La Gaceta N° 27 del 14 de febrero de 2023;

Considerandos:

1.—Que la Procuraduría General de la República, mediante Dictamen C-171-95 del 7 de agosto de 1995, ha señalado que “...cabría afirmar que no existe, de principio, limitación alguna para que un Ministro delegue en un subordinado (y no necesariamente quien sea su inmediato inferior) la firma de las resoluciones que le correspondan siempre entendiendo que en tal proceder quien toma la decisión es el delegante. Amén de ello, debe precisarse que, en caso de los Ministros como órganos superiores de la Administración del Estado (vid. artículo 21 de la Ley General de la Administración Pública) dicha “delegación” se circunscribe únicamente a la Resolución de asuntos que sean competencia exclusive y excluyente de ese órgano, es decir, que no impliquen competencias compartidas con el Presidente de la República en tratándose de funciones privativas del Poder Ejecutivo.”

2.—Que el artículo 92 de la Ley General de la Administración Pública establece que se podrá delegar la firma de resoluciones, en cuyo caso el delegante será el único responsable el delegado no podrá resolver limitándose a firmar lo resuelto por aquel.

3.—Que en el Despacho Ministerial de Salud por la índole de sus funciones, se tramita gran cantidad de documentos oficiales cuyo acto final es la firma de los mismos, que provoca considerablemente, en la mayoría de los casos, atrasos innecesarios que van en detrimento de la eficiencia y celeridad que debe regir en la actividad administrativa. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°—Delegar la firma del Ministro a. í .de Salud, Dr. Alexei Castillo Villegas, en la Licda. Carolina Gallo Chaves, mayor de edad, casada una vez, vecina de San Francisco, Heredia, cédula de identidad N° 5-346-312, nombrada Viceministra de Salud, mediante Acuerdo Presidencial N° 002-P del 8 de mayo de 2022, publicado en La Gaceta N° 85, Alcance N° 91 del 10 de mayo de 2022, para que en adelante suscriba los siguientes instrumentos jurídicos:

a. Convenios para las Personas...

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