Acuerdo N° MS-DM-MGG-4862-2023 LA MINISTRA DE SALUD

Fecha de publicación08 Agosto 2023
Número de registroIN2023799819
EmisorMINISTERIO DE SALUD

N° MS-DM-MGG-4862-2023

LA MINISTRA DE SALUD

En uso de las facultades que confieren los artículos 140 inciso 20 de la Constitución Política; 28 inciso 2 literal a) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, “Ley General de la Administración Pública”; 1, 2, 4, 7, 9, 10, y 343 de la Ley N° 5395 del 30 de octubre de 1973, “Ley General de Salud”; 6, 30, 31 y 32 de la Ley Nº 5412 del 8 de noviembre de 1973, “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”; 5 ,6, 7 y 8 de Ley N° 8975 del 24 de noviembre de 2015 “Ley para la Atención de las personas con enfermedad Celiaca”; 5 del Decreto Ejecutivo N° 40767-S del 04 de setiembre de 2017 “Reglamento a la Ley para la atención de las personas con enfermedad Celiaca”; Decreto Ejecutivo N° 37716-S, “Crea Comisión Asesora en Celiaquía”.

Considerando:

I.—Que mediante el artículo 5 de la Ley N° 8975 del 24 de noviembre de 2015 “Ley para la Atención de las personas con enfermedad Celiaca”, se crea la Comisión Nacional de Celiaquía como un órgano asesor, adscrito al Ministerio de Salud.

II.—Que el ordinal 2 del Decreto Ejecutivo N° 37716-S del 10 de mayo de 2013 Crea Comisión Asesora en Celiaquía, establece que la Comisión Nacional de Celiaquía tendrá un nombramiento con una vigencia de dos años pudiendo ser los miembros reelegidos y estará integrada por:

a) Ministerio de Salud, quien presidirá.

b) Ministerio de Educación Pública (MEP).

c) Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).

d) Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

e) Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA).

f) Un representante de la Asociación Pro-Personas Celiacas.

III.—Que el artículo 3 del Decreto referido en el considerando anterior, establece que la Comisión Nacional de Celiaquía tendrá las siguientes funciones:

a) Brindar asesoría en general al Ministerio de Salud, relacionada con los alcances de la enfermedad celiaca en el país.

b) Colaborar en la elaboración y revisión de las Guías para la atención y tratamiento de pacientes celiacos.

c) Promover y coadyuvar en la elaboración de proyectos de investigación en cuanto a prevención y tratamiento de la enfermedad celiaca.

d) Apoyar al Ministerio de Salud para la instauración del registro estadístico de la enfermedad celiaca atendidas por los establecimientos de salud, para su identificación, clasificación y selección.

e) Apoyar en la revisión de propuestas de proyectos de carácter normativo, en materia de la enfermedad celiaca.

IV.—Que el artículo 5 del Decreto antes citado, establece que: “La designación de los miembros de la Comisión se hará mediante Acuerdo Ministerial que se publicará en el Diario Oficial La Gaceta.”

V.—Que el artículo 6 del Decreto en cuestión, refiere que son deberes de los miembros de la comisión:

a) Acatar los acuerdos de la comisión.

b) Colaborar con las actividades para las que se solicite su ayuda a fin de cumplir con los fines del Decreto.

c) Asistir a las sesiones de la Comisión, en las cuales gozaran de voz y voto

d) Participar en las subcomisiones de trabajo.

VI.—Que en acatamiento de las disposiciones legales y reglamentarias, se procede con la designación de las personas representantes de la “Comisión Nacional de Celiaquía”. Por tanto;

ACUERDA:

Artículo 1.—Designar como miembros de la Comisión Nacional de Celiaquía a las siguientes personas:

a) Martha Alejandra Romero Poveda, cédula de identidad N° 1-1027-0120, presidenta propietaria, en representación del Ministerio de Salud.

b) Martin Gerardo Salazar Marín, cédula de identidad N° 1-1033-0530, miembro propietario, y Rita Lorena Cervantes Vargas, cédula de identidad N° 1-0659-0501, miembro suplente, ambos en representación del Ministerio de Educación Pública (MEP).

c) Ronald Cortés Arguedas, cédula de identidad N° 1-0668-0883, miembro propietario, y Orlando Muñoz Hernández, cédula de identidad N° 5-0191-0265, miembro suplente, ambos en representación del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).

d) Jimena Canessa Castañeda, cédula de identidad1-1129-0919, miembro propietario, y Verónica Chaves Quesada, cédula de identidad N° 1-1321-0863, miembro suplente, ambas en representación de la Caja Co...

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