Acuerdo N° MTSS-DMT-AUGR-12-2020 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de publicación | 31 Julio 2020 |
Número de registro | IN2020473070 |
Emisor | Y SEGURIDAD SOCIAL |
N° MTSS-DMT-AUGR-12-2020
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
En ejercicio de las potestades conferidas en el artículo 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política y los artículos 25 y 28 párrafo segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, la Ley 8777 del 07 de octubre de 2009, publicada en el Diario Oficial La Gaceta 219 del 11 de noviembre de 2009 denominada Ley de Creación de los Tribunales Administrativos del Régimen de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional y del Servicio Civil y el Decreto N° 35843-MTSS del 28 de enero de 2010 denominado Reglamento Orgánico y Operativo del Tribunal Administrativo de la Seguridad Social del Régimen de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional.
Considerando:
I.—Que conforme dispone la Ley 8777 del 07 de octubre de 2009 y el Decreto Ejecutivo N° 35843-MTSS del 28 de enero de 2010, el Tribunal Administrativo de la Seguridad Social del Régimen de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, deberá conocer los recursos de apelación formulados contra los actos y resoluciones emitidas por la Dirección Nacional de Pensiones, en el conocimiento de beneficios de pensión o jubilación por el Régimen de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, así como los demás asuntos que por normativa sean sometidos a su conocimiento.
II.—Que conforme dispone el artículo 3 del Decreto Ejecutivo N° 35843-MTSS del 28 de enero de 2010, el Tribunal Administrativo de la Seguridad Social del Régimen de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional se integrará, mediante Acuerdo del Poder Ejecutivo por tres miembros propietarios nombrados por cinco años y podrán ser reelegidos en forma indefinida, de la siguiente manera: a) Un representante nombrado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. b) Un representante nombrado por el Ministerio de Educación Pública y c) Un representante nombrado por la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional.
III.—Que el citado Tribunal Administrativo, ha generado importantes avances en cuanto a la mejora en la calidad del servicio, en la reducción de los tiempos de respuesta y en brindar Justicia Administrativa en las apelaciones sometidas a su conocimiento.
IV.—Que mediante acuerdo N° 013-2015-MTSS del 22 de mayo de 2015, se realizó la última integración del citado Tribunal Administrativo, de tal manera, el 7 de agosto de 2020 se vence su nombramiento, por lo cual es necesario emitir este acto,...
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