Acuerdo Nº SGS-A-0048-2015 Superintendencia General de Seguros, 2015

Número de acuerdoSGS-A-0048-2015
Fecha de publicación23 Diciembre 2015
Año2015
Normativa relacionadaSGS-DES-A-029-2013 
Tipo de documentoAcuerdo

Tomás Soley Pérez

Superintendente de Seguros

ACUERDO DE SUPERINTENDENTE

SGS-DES-A-048-2015

Modificación del capítulo IV - Tasa de interés técnica, del acuerdo SGS-DES-A-029-2013 Lineamientos generales para la aplicación del reglamento sobre la solvencia de entidades de seguros y reaseguros

El Superintendente General de Seguros a las diecisiete horas del veintidos de diciembre de dos mil quince.

Considerando que:

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, mediante el Artículo 7 del acta de la sesión 744-2008, celebrada el 18 de setiembre del 2008 y publicado en La Gaceta Nº 184 del 24 de setiembre del 2008 aprobó el Reglamento sobre la Solvencia de Entidades de Seguros y Reaseguros.

2. El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, mediante el artículo 8 del acta de la sesión 1050-2013, celebrada el 2 de julio de 2013, aprobó la reforma integral del Reglamento sobre la Solvencia de Entidades de Seguros y Reaseguros, la cual fue publicada en el diario oficial La Gaceta del 1 de agosto de 2013.

3. El Artículo 4 e inciso C del Anexo PT-3 del Reglamento sobre la Solvencia de Entidades Seguros y Reaseguros establece que corresponde al Superintendente emitir los Lineamientos Generales para la aplicación de esa normativa, entre ellos lo relativo a la metodología de cálculo de la tasa de interés técnico.

4. El inciso j), del artículo 29 de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros faculta al Superintendente a dictar directrices de carácter técnico u operativo necesarias para el cumplimiento de los objetivos de supervisión que la misma Ley impone a la Superintendencia General de Seguros.

5. Mediante acuerdo SGS-A-009-2010 de las quince horas del nueve de noviembre de 2010, el Superintendente emitió los “Lineamientos generales para la aplicación del reglamento sobre la solvencia de entidades de seguros y reaseguros”, entre los cuales se incluye la metodología de cálculo de la tasa de interés técnico.

6. Mediante acuerdo SGS-DES-A-029-2013 de las catorce horas del diecisiete de setiembre de 2013 se modificó integralmente el acuerdo SGS-A-009-2010 “Lineamientos generales para la aplicación del Reglamento sobre la Solvencia de Entidades de Seguros y Reaseguros”.

7. La tasa de interés técnico se utiliza para el cálculo de la provisión matemática de seguros personales, cuya duración del contrato es de más de un año e incluso vitalicio, por lo que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR