Acuerdo Nº SGS-A-0071-2020 Superintendencia General de Seguros, 2020
Número de acuerdo | SGS-A-0071-2020 |
Fecha de publicación | 12 Junio 2020 |
Fecha | 10 Junio 2020 |
Normativa relacionada | Acuerdos SGS-A-021-2013 |
Tipo de documento | Acuerdo |
Tomas Soley Pérez
Superintendente de Seguros
ACUERDO DE SUPERINTENDENTE
SGS-A-0071-2020
Modificación del Acuerdo del Superintendente SGS-A-021 -Disposiciones para la Remisión de la Información Contable y Estadística a la Superintendencia General de Seguros por parte de las Entidades Supervisadas –para ajustar el Anexo 4 para efectos del cálculo de requerimientos de capital.
El Superintendente General de Seguros, a las quince horas del diez de junio de dos mil veinte.
Considerando que:
El artículo 171 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, N° 7732, faculta al Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) para aprobar las normas atinentes a la autorización, regulación, supervisión, fiscalización y vigilancia que, conforme a la ley, deben ejecutar las Superintendencias que funcionan bajo su dirección.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros, N° 8653, el CONASSIF:
“definirá, mediante reglamento, las normas y los requerimientos del régimen de suficiencia de capital y solvencia que deberán cumplir, en todo momento, las entidades aseguradoras y reaseguradoras; para ello, observará hipótesis prudentes y razonables, así como las prácticas aceptadas internacionalmente que mejor se adapten al mercado de seguros costarricense. El reglamento también desarrollará la determinación del requerimiento de capital, de las provisiones técnicas y reservas, así como el régimen de inversión de los activos que los respaldan, las reglas de valoración de activos y pasivos para las entidades aseguradoras y reaseguradoras y los niveles de alerta temprana que impliquen medidas correctivas por parte de las entidades supervisadas, así como la intervención de la Superintendencia”.
El CONASSIF aprobó, mediante artículo 8 del acta de la sesión 1050-2013 del 2 de julio de 2013, el Acuerdo SUGESE 02-2013- Reglamento sobre la Solvencia de Entidades de Seguros y Reaseguros, el cual dispone las reglas para el cálculo del requerimiento de capital de solvencia de las entidades de seguros.
El CONASSIF dispuso, mediante artículo 10 del acta de la sesión 1579-2020 del 1 de junio de 2020, modificar el Reglamento sobre la Solvencia de Entidades de Seguros y Reaseguros, a efecto de ajustar los porcentajes de requerimiento de capital del efectivo, primas por cobrar y comisiones diferidas frente a intermediarios, de las entidades de seguros, por el bajo riesgo que soportan esos activos, de igual forma y de manera...
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