Acuerdo Nº SGS-A-0078-2021 Superintendencia General de Seguros, 2021

Número de acuerdoSGS-A-0078-2021
Fecha de publicación30 Abril 2021
Fecha29 Abril 2021
Normativa relacionada​Reglamento Revelación de Hechos Relevantes
Tipo de documentoAcuerdo

Tomas Soley Pérez

Superintendente de Seguros

ACUERDO DE SUPERINTENDENTE1

SGS-A-0078-2021

MODIFICACIÓN DE LOS ACUERDOS DE SUPERINTENDENTE: SGS-A-014-2011, LINEAMIENTOS GENERALES PARA USO DE FIRMA DIGITAL CERTIFICADA EN LOS TRÁMITES REALIZADOS ANTE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS POR PARTE DE ENTIDADES DE SEGUROS, SOCIEDADES CORREDORAS DE SEGUROS Y SOCIEDADES AGENCIA DE SEGUROS Y SGS-DES-A-021-2013, DISPOSICIONES PARA LA REMISIÓN DE LA INFORMACIÓN CONTABLE Y ESTADÍSTICA A LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS POR PARTE DE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS

El Superintendente General de Seguros, a las diez horas del veintinueve de abril del dos mil veintiuno

Considerando que:

  1. El artículo 29, de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros (LRMS), N° 8653, establece como objetivo de la Superintendencia General de Seguros (SUGESE) “velar por la estabilidad y el eficiente funcionamiento del mercado de seguros, así como entregar la más amplia información a los asegurados”. Además, para cumplir el objetivo mencionado, el inciso j) del artículo 29 de dicha ley faculta a la SUGESE para dictar las normas y directrices de carácter técnico u operativo que se requieran.

  2. Según el artículo 29 de la Ley N° 8653, al Superintendente le aplica el artículo 180 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, el cual permite a la SUGESE utilizar medios electrónicos o magnéticos de transmisión y almacenamiento de datos, para solicitar información a las entidades supervisadas y para mantener sus archivos, actas y demás documentos. La información así mantenida tiene valor probatorio equivalente al de los documentos físicos para todos los efectos legales.

  3. La SUGESE mediante acuerdo SGS-A-014-2011 del 21 de diciembre de 2011 estableció los lineamientos para el uso de firma digital certificada, así como los requisitos y procedimientos relacionados con el envío de información entre la Superintendencia y las entidades supervisadas. Además, mediante SGS-DES-A-021-2013 del 23 de mayo de 2013, el Superintendente emitió disposiciones sobre la remisión de información financiera y contable a la Superintendencia, entre ellas la obligación de revelar como hecho relevante la sustitución o reprocesos de la información entregada a la Superintendencia.

  4. La implementación de la firma digital y el uso de certificados digitales en los trámites realizados por la Superintendencia General de Seguros, así como de la plataforma SUGESE en Línea, han permitido aplicar los principios de autenticidad...

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