ADICIÓN A ACUERDO SOBRE CREACIÓN DE SPEM INMOBILIARIA E INFRAESTRUCTURA SAN JOSÉ S.A.
Fecha de publicación | 15 Octubre 2019 |
Número de registro | IN2019391146 |
Emisor | Régimen Municipal |
ADICIÓN A ACUERDO SOBRE CREACIÓN DE SPEM
INMOBILIARIA E INFRAESTRUCTURA SAN JOSÉ S.A.
El Concejo Municipal de San José acuerda modificar el acuerdo N° 34, artículo IV de la Sesión Ordinaria N° 148 del 26 de febrero de 2019, mediante el cual se aprobó el proyecto de creación de una SPEM denominada Inmobiliaria e Infraestructura San José S. A., a fin de cumplir con lo señalado en el artículo N° 3 de la Ley N° 8828, Ley Reguladora de la Actividad de las Sociedades Públicas de Economía Mixta. A tal efecto se le adicionará a dicho acuerdo los siguientes puntos:
Objeto de la sociedad. El objeto principal de la sociedad será la ejecución de obras relacionadas con la construcción de proyectos inmobiliarios de vivienda, equipamiento urbano y otros.
Objetivos de la sociedad. Impulsará la modernización, racionalización y ampliación de los servicios públicos y las actividades productivas existentes dentro de sus campos de acción y competencias. Podrá desarrollar nuevas actividades productivas y programas, con el propósito de unificar integralmente los recursos humanos, naturales y de capital, buscando un uso eficiente de los mismos. Particularmente la SPEM preparará y ejecutará programas y proyectos específicos de fomento económico, de carácter cantonal o regional, que obligatoriamente incorporen en su concepción y análisis, desde sus etapas de planteamiento preliminar, pre-inversión, planificación, diseño, construcción y operación; metodologías que conlleven a establecer un balance positivo con el medio ambiente, claramente cuantificable con respecto a escalas vigentes establecidas; incorporando en ellos los elementos necesarios para que su impacto urbanístico sea positivo y promotor de cambio para el entorno barrial y distrital, persiguiendo siempre lograr la meta del carbono neutralidad con un enfoque social de equidad de género.
Los fines y atribuciones empresariales de la sociedad: Para el cumplimiento de sus fines y acorde con su objeto, la sociedad podrá realizar cualesquiera actividades, por lo tanto podrá comprar, vender, permutar, arrendar, hipotecar, pignorar y en cualquier otra forma, poseer o gravar toda clase de bienes muebles e inmuebles, formar parte de otras sociedades, crear subsidiarias, actuar como fideicomitente o fiduciario en fideicomisos; abrir cuentas bancarias y bursátiles, participar en licitaciones individualmente o en asocio con otras personas físicas o jurídicas, obtener concesiones, franquicias y patentes, así como realizar todo tipo de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba