ADICIÓN A ACUERDO SOBRE CREACIÓN DE SPEM INMOBILIARIA E INFRAESTRUCTURA SAN JOSÉ S.A.

Fecha de publicación15 Octubre 2019
Número de registroIN2019391146
EmisorRégimen Municipal

ADICIÓN A ACUERDO SOBRE CREACIÓN DE SPEM

INMOBILIARIA E INFRAESTRUCTURA SAN JOSÉ S.A.

El Concejo Municipal de San José acuerda modificar el acuerdo N° 34, artículo IV de la Sesión Ordinaria N° 148 del 26 de febrero de 2019, mediante el cual se aprobó el proyecto de creación de una SPEM denominada Inmobiliaria e Infraestructura San José S. A., a fin de cumplir con lo señalado en el artículo N° 3 de la Ley N° 8828, Ley Reguladora de la Actividad de las Sociedades Públicas de Economía Mixta. A tal efecto se le adicionará a dicho acuerdo los siguientes puntos:

Objeto de la sociedad. El objeto principal de la sociedad será la ejecución de obras relacionadas con la construcción de proyectos inmobiliarios de vivienda, equipamiento urbano y otros.

Objetivos de la sociedad. Impulsará la modernización, racionalización y ampliación de los servicios públicos y las actividades productivas existentes dentro de sus campos de acción y competencias. Podrá desarrollar nuevas actividades productivas y programas, con el propósito de unificar integralmente los recursos humanos, naturales y de capital, buscando un uso eficiente de los mismos. Particularmente la SPEM preparará y ejecutará programas y proyectos específicos de fomento económico, de carácter cantonal o regional, que obligatoriamente incorporen en su concepción y análisis, desde sus etapas de planteamiento preliminar, pre-inversión, planificación, diseño, construcción y operación; metodologías que conlleven a establecer un balance positivo con el medio ambiente, claramente cuantificable con respecto a escalas vigentes establecidas; incorporando en ellos los elementos necesarios para que su impacto urbanístico sea positivo y promotor de cambio para el entorno barrial y distrital, persiguiendo siempre lograr la meta del carbono neutralidad con un enfoque social de equidad de género.

Los fines y atribuciones empresariales de la sociedad: Para el cumplimiento de sus fines y acorde con su objeto, la sociedad podrá realizar cualesquiera actividades, por lo tanto podrá comprar, vender, permutar, arrendar, hipotecar, pignorar y en cualquier otra forma, poseer o gravar toda clase de bienes muebles e inmuebles, formar parte de otras sociedades, crear subsidiarias, actuar como fideicomitente o fiduciario en fideicomisos; abrir cuentas bancarias y bursátiles, participar en licitaciones individualmente o en asocio con otras personas físicas o jurídicas, obtener concesiones, franquicias y patentes, así como realizar todo tipo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR