ALCALDÍA MUNICIPAL

Fecha de publicación22 Septiembre 2022
Número de registroIN2022675847
EmisorRégimen Municipal

ALCALDÍA MUNICIPAL

Alcaldía Municipal de Alajuela.—Al ser las 10:00 horas del dieciocho de julio del dos mil veintidós.

Con base en las facultades que otorgan los artículos 14 bis y 17 inciso b) del Código Municipal, 89 y 90 inciso a) de la Ley de Administración Pública, se emite la presente resolución de delegación de funciones administrativas y operativas a la Licda. Sofía González Barquero, cédula de identidad número 2-525-213.

Considerando:

I.—Con la promulgación y entrada en vigencia de la Ley N° 10188 denominada “Ley para el Fortalecimiento de las Vicealcaldías y Viceintendencias Municipales” -la cual adicionó un artículo 14 bis al Código Municipal-, el titular de la Alcaldía debe precisar y asignar funciones administrativas y operativas a la Primera Vicealcaldesa, de manera formal, suficiente, oportuna y correspondiente al rango, responsabilidad y jerarquía equiparable a quien la ostenta.

II.—Dichas funciones deben ser establecidas mediante acto administrativo escrito y debidamente motivado, en cuyo contenido debe definirse su alcance y límite, así como ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta para su eficacia, previa comunicación al Concejo Municipal y a las dependencias de la institución.

III.—Que desde el año 2021, la Señora Vicealcaldesa Sofía González Barquero y este servidor hemos coordinando acciones con fundamento en el Oficio N° MA-A-0363-2021 con fecha 22 de enero del 2021, mediante el cual formalicé las labores de coordinación en diversos temas de interés institucional, no solo por la importancia e inmediatez de actuación requerida en los aspectos relacionados con la Emergencia Nacional ocasionada por el COVID-19; sino también para la atención, vigilancia y coordinación -en representación del suscrito-, de todos los asuntos y temas relacionados con el área social: Subproceso de Inserción Social, Actividad de Capacitación y Empleabilidad, Oficina Municipal de la Mujer, Actividad de Desarrollo Cultural, Educativo y Recreativo; lo cual había sido debidamente comunicado en el oficio N° MA-A-1700-2020 con fecha 13 de mayo del 2020. Por tanto,

Una vez revisada la delegación de funciones indicada en el punto III a la luz de la reforma introducida recientemente al Código Municipal, se emite el presente acto administrativo de delegación a la Señora Vicealcaldesa Licda. Sofía González Barquero, cédula de identidad número 2-525-213, de las siguientes funciones administrativas y operativas:

1) Supervisar y contribuir efectivamente con quien ejerza la Coordinación del Proceso de Desarrollo Social para la construcción, instrumentación y actualización de la política social local, de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo Humano, el Plan de Gobierno de esta Alcaldía 2020-2024 debidamente aprobado por el Concejo Municipal y demás documentos relacionados con el tema, establecidos a nivel del Proceso de Planificación Institucional.

2) Realizar, con la ayuda y cooperación de las dependencias del Proceso de Desarrollo Social, un diagnóstico de las necesidades y principales problemas sociales que afectan a la población del Cantón Central de Alajuela, acompañado con un plan de acción para su aplicación durante lo que resta de la presente administración, definiendo proyectos concretos, metas a corto, mediano y largo plazo.

3) Servir de enlace entre esta Municipalidad y las instituciones públicas que brindan servicios en el área social, de manera que tengamos no solo una representación efectiva ante ellas, sino que además se logre concretar acciones de cooperación y puesta en práctica de convenios para mejorar la atención de la agenda social, así como promover soluciones concretas en los temas que dicha agenda impone.

4) Desarrollar acciones con quien ejerza la Coordinación del Proceso de Desarrollo Social y sus dependencias para lograr lo siguiente:

a) El adecuado abordaje del problema de la indigencia y la drogadicción en nuestro cantón.

b) La defensa de los derechos humanos a las poblaciones vulnerables y con desventaja social como son: la mujer, la niñez, la juventud, la población con discapacidad y la población adulta mayor.

c) Una efectiva promoción y apoyo de los programas culturales del Cantón Central de Alajuela, así la oportuna defensa del patrimonio cultural con el que contamos.

Para tales efectos, deberá realizar reuniones periódicas con el personal de las dependencias del Proceso de Desarrollo Social en las que es diluciden las principales necesidades y presentar a esta Alcaldía sus propuestas de mejora y soluciones.

Con respecto las acciones para el ejercicio de las funciones delegadas, la Señora Vicealcaldesa Sofía González Barquero presentará informes trimestrales a esta Alcaldía, para su evaluación y seguimiento.

Asimismo, presentará un informe anual a conocimiento de esta Alcaldía a más tardar el 31 de enero de cada año, para efectos de introducir los resultados obtenidos en la rendición de cuentas dispuesta por el artículo 17 inciso g del Código Municipal. En cuanto al recurso humano, se le asigna a quien ocupe el puesto de confianza con el cargo de “Asesor Social”, puesto que se rige por el artículo 127 del Código Municipal. Asimismo, podrá seguir contando -como hasta el momento-, con la colaboración de la funcionaria María del Rocío...

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