Amplía para el Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA), el gasto presupuestario máximo fijado para el 2017, de 26 de Abril de 2017

EmisorPoder Ejecutivo

N° 40409-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Considerando:

I.-Que mediante la Ley N° 4508, publicada en La Gaceta N° 4 de 6 de enero de 1970 y sus reformas, se crea el Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA), como un organismo con personalidad jurídica instrumental adscrito al Ministerio de Salud, responsable de la vigilancia epidemiológica base en laboratorios, las investigaciones prioritarias en salud pública y los procesos de enseñanza en salud derivados de su quehacer.

II.-Que mediante el oficio DG-of-110-2017, la Directora General del INCIENSA, solicita la segunda ampliación del gasto presupuestario máximo del 2017, para incorporar recursos provenientes de Superávit Libre por la suma de ¢90.000.000,00 (noventa millones de colones exactos), con el fin de adquirir equipo especializado para cumplir con el plan de reemplazo y compra de equipo de laboratorio y de investigación. Dicha solicitud fue avalada por el señor Ministro de Salud, en el oficio de solicitud ya indicado.

III.-Que corresponde ampliar por la vía del Decreto Ejecutivo la suma de ¢90.000.000,00 (noventa millones de colones exactos), la cual será financiada con recursos provenientes del superávit libre, para la compra y reemplazo de equipo.

IV.-Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 39613-H, publicado en La Gaceta N° 61 de 30 de marzo de 2016, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para Entidades Públicas, Ministerios y órganos Desconcentrados, según corresponda, cubiertos por ámbito de Autoridad Presupuestaria, para el año 2017, estableciéndose en el artículo 12, que el gasto presupuestario máximo de las entidades públicas y órganos desconcentrados para el año 2017, se establecerá con base en la proyección de ingresos totales (corrientes, capital y financiamiento) 2017, definida por las entidades públicas y órganos desconcentrados en coordinación con la STAP. Para tal efecto, la STAP utilizará como insumo la serie histórica de ingresos del periodo 2013-2015, así como la estimación de ingresos para los años 2016 y 2017 que suministren las entidades y órganos desconcentrados a más tardar el último día del mes de marzo del año 2016.

V.-Que en correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto presupuestario máximo para el año 2017 resultante para el INCIENSA, fue establecido en ¢6.430.450.000,0 (seis mil cuatrocientos treinta...

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