APROBACIÓN DISPOSICIONES EN CUANTO AL INTERNADO UNIVERSITARIO

Fecha de publicación29 Mayo 2017
Número de registroIN2017137160
EmisorCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

APROBACIÓN DISPOSICIONES EN CUANTO

AL INTERNADO UNIVERSITARIO

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 20° de la sesión N° 8904, celebrada el 11 de mayo del año 2017 adoptó la resolución que literalmente se lee así:

“Artículo 20°

Considerando:

Que la Caja Costarricense de Seguro Social tiene una imperiosa necesidad de velar por la satisfacción del fm público, por lo que le corresponde, según la competencia que le ha sido asignada a nivel constitucional, específicamente en el artículo 73 de la Carta Magna, garantizar el derecho a la salud y a la vida que se desprende del numeral 21 de la Constitución Política, siendo éstos bienes jurídicos supremos que merecen especial protección en un plano real y palpable en la vida diaria de los habitantes, así como también según lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley Constitutiva de la Caja respecto de la competencia institucional en materia de servicios asistenciales en salud.

El internado universitario que realizan los estudiantes de las diferentes universidades en los centros asistenciales autorizados como unidades docentes de la Caja Costarricense de Seguro Social es un requisito académico, por ello es responsabilidad de las universidades garantizar la excelencia académica.

La Caja Costarricense de Seguro Social, al cooperar en el proceso de enseñanza-aprendizaje de profesionales en Medicina, debe garantizar en todo momento que se cumpla con la normativa institucional en procura del resguardo y protección de la salud y vida de los pacientes y usuarios de los servicios de salud autorizados como unidades docentes.

El procedimiento empleado durante el ario 2016, para la selección de estudiantes de último año de la carrera de Medicina quienes ingresarían a los campos docentes autorizados para realizar el internado rotatorio universitario, si bien se determinó que sería una prueba diagnóstica bajo el esquema empleado por la NBME con el examen de la IFOM, arrojó como resultados de los puntajes obtenidos con base en la población evaluada, una mediana de 445 (cuatrocientos cuarenta y cinco puntos) puntos y una media de 454 puntos (cuatrocientos cincuenta y cuatro puntos).

El equipo técnico reunido en el CENDEISSS el 14 de noviembre del ario 2016, con base en la metodología empleada por la NBME para la definición del puntaje mínimo de aprobación, la cual consta de tres etapas por saber: Parte I: Discusión y definición del examinado mínimamente competente; Parte II:...

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