APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS GENERADOS POR LA EXPORTACIÓN DE BANANO PARA BENEFICIO DE LOS CANTONES PRODUCTORES

Fecha de publicación22 Junio 2020
Número de registroIN2020465649
EmisorPoder Legislativo

APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS GENERADOS

POR LA EXPORTACIÓN DE BANANO PARA BENEFICIO

DE LOS CANTONES PRODUCTORES

Expediente 22.040

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

De acuerdo con datos de la Corporación Bananera Nacional (CORBANA), Costa Rica es uno de los tres países exportadores de banano más importantes del mundo, con una producción de más de 120 millones de cajas anualmente. En el año 2018, esta fruta representó el 36% de las exportaciones agrícolas del país y el 9% del valor total de las exportaciones costarricenses.[1] Ese mismo año, las exportaciones de banano generaron $1.005 millones[2] y generaron cerca de 40.000 empleos directos y 100.000 indirectos.[3]

Los Cantones que actualmente producen banano son Sarapiquí, Pococí, Guácimo, Siquirres, Matina, Limón, Talamanca, Turrialba, Osa, Golfito, Corredores, Parrita; siendo la mayor concentración de producción del Banano ubicado en la zona del Caribe, generando con esto alrededor de un 76% de la mano de obra local.

La exportación del producto del banano ha permitido el desarrollo de obras de infraestructura comunal y la atención de obligaciones primarias en los Cantones productores; esto por medio de la creación del impuesto a la exportación del banano previsto en la Ley 5515 del 19 de abril de 1974, “Impuesto sobre exportación de cajas o envases de banano” y su reforma la Ley 7313 del 29 de septiembre de 1992, “Ley de redistribución del Impuesto sobre exportación de cajas o envases de banano”.

Durante el período 2015-2020 se ha asignado a las municipalidades, por concepto del impuesto del banano, la suma total de ¢15.586.066.687 (quince mil quinientos ochenta y seis millones sesenta y seis mil seiscientos ochenta y siete colones), lo que representa un promedio anual ¢2.597.677.871 (dos mil quinientos noventa y siete millones seiscientos setenta y siete mil ochocientos setenta y un colones) para el sector.

Los gobiernos locales de estos cantones productores de banano utilizan los recursos para la atención de distintos proyectos; sin embargo también tienen la potestad conforme a la Ley 7313 para direccionar hasta en un 20% de los recursos percibidos por el impuesto a la exportación de banano, a las federaciones municipales ya constituidas o a las que lleguen a constituirse por la vía de excepción, y utilizar dicho porcentaje en consultorías y remuneraciones.

En el caso concreto, en el gremio de municipios referidos pertenecen a la Federación de Municipalidades de Cantones Productores de Banano (CAPROBA), a la cual pueden trasladarle dicho porcentaje. Este redireccionamiento de recursos representa que los gobiernos locales adscritos a dicha federación, se sometan a las disposiciones establecidas en los estatutos de dicha organización; como lo es el pago de una cuota de afiliación anual, el pago proporcional de obligaciones crediticias que adquiera la federación y la contratación de servicios remunerados o consultorías previa transferencia del respectivo gobierno local, incluyendo gastos de administración.

Durante el 2015-2020 la Federación de Municipalidades de Cantones Productores de Banano (CAPROBA) ha recibido solamente por concepto de contratación de servicios remunerados y consultorías a sus afiliadas, una suma que asciende a ¢611.520.000 (seiscientos once millones quinientos veinte mil colones), lo que representa un promedio anual de ¢101.920.000,00 (ciento un millones novecientos veinte mil colones).

La contratación de servicios remunerados o consultorías con recursos de Ley 7313 es una actividad...

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