AUTORIZACIÓN AL ESTADO PARA DESAFECTAR Y DONAR UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO DE PUENTE SALAS DE SAN PEDRO DE BARVA
Fecha de publicación | 31 Agosto 2021 |
Número de registro | IN2021576835 |
Emisor | Poder Legislativo |
AUTORIZACIÓN AL ESTADO PARA DESAFECTAR Y DONAR
UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN
ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO DE PUENTE
SALAS DE SAN PEDRO DE BARVA
Expediente N.° 22.637
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Desde el día 12 de agosto de 2009, los niños (as) de la comunidad de Puente Salas de San Pedro de Barba de Heredia, cuentan con un nuevo centro educativo. A raíz de lo anterior, la infraestructura antigua donde se ubicaba la Escuela quedó en desuso, pero bajo la administración de la Junta de Educación Escuela Puente Salas, quien desde hace más de ocho años no usa ni se ocupa del mantenimiento del inmueble.
A los efectos de darle uso a ese terreno abandonado se propone el trámite y aprobación de este proyecto de ley que permita autorizar al Estado, cédula jurídica dos-cero cero cero-cero cuatro cinco cinco dos dos (N.°2-000-045522), a desafectar y donar el citado terreno ubicado en el partido de Heredia, cantón segundo Barba; distrito segundo San Pedro; inscrito en el Registro Nacional de la Propiedad bajo el sistema de folio real matrícula número cero ocho seis cuatro ocho ocho---cero cero cero (N.°086488---000), cuya naturaleza es: ampliación de Escuela Puente Salas; con una medida de seiscientos noventa y ocho metros con noventa y tres decímetros cuadrados (698.93 m2). Los linderos son: al norte con Junta de Educación de Puente de Salas, al sur con Paula Calderón Valerio y otro, al este con Juan Díaz Sánchez, y se afecta al nuevo uso de terreno para construcción. Se autoriza al Estado para que done el inmueble libre de gravámenes y anotaciones, a la Asociación Administradora del Acueducto de Puente de Salas de San Pedro de Barba de Heredia, cédula jurídica número tres-cero cero dos doscientos cincuenta y siete mil quinientos trece (N.º 3-002-257513), para que lo destine a la administración del acueducto y los objetivos exclusivos de la Asada.
La Asociación Administradora del Acueducto de Puente Salas de San Pedro de Barba es una asociación sin fines de lucro, con un fin público como lo es la administración del recurso hídrico para el mejoramiento de las condiciones de vida y de salud de su comunidad. El inmueble que se pretende donar se utilizaría únicamente para llevar a cabo la consecución de sus fines, como es la administración del acueducto de Puente Salas de San Pedro de Barba, para lo cual cuenta con un convenio de delegación del A y A.
La Asada tiene más de ocho años de utilizar y administrar este terreno de la Junta de Educación y su correspondiente acceso, para fines, como son:
- Mejoramiento a la salud pública por medio de una prestación eficiente del servicio de acueducto.
- Cooperación con instituciones como el Instituto Nacional de Aprendizaje, al cual se le brinda el espacio para que realice diversos talleres.
- Estacionamiento para los vehículos de la asada.
- Brindar un cuidado, mantenimiento y uso debido al inmueble.
La Asada se ha encargado del mantenimiento y mejoras en la infraestructura del inmueble, del pago de los servicios y de la seguridad del lugar. Con anterioridad, la Asociación Administradora del Acueducto de Puente Salas de San Pedro de Barba había recibido en donación el terreno adyacente que es donde se ubica su infraestructura por lo que con la donación de este otro terreno se complementaría su obra. En esa oportunidad la Dirección de Infraestructura y Equipamiento del MEP había indicado que “cualquier intervención en la infraestructura donde se ubica la antigua Escuela de Puente Salas implicaría para el MEP un gasto oneroso y que esta no tiene necesidad de utilizar las instalaciones viejas para el desarrollo de sus quehaceres diarios.” Y agrega “que por estas razones no encuentra este Ministerio motivo para la oposición a esa donación de terreno, siendo que ya se desarrollan en este terreno actividades propias de la ASADA.”
Estos argumentos sirven de fundamentación teórica para solicitar la donación del terreno que se describe en los párrafos anteriores y que fortalecería la eficiente labor que realiza la Asociación Administradora del Acueducto de Puente Salas de San Pedro de Barba.
En razón de lo expuesto, respetuosamente solicito a los señores y las señoras diputadas acoger y votar afirmativamente el siguiente proyecto de autorización.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN AL ESTADO PARA DESAFECTAR Y DONAR
UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN
ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO DE PUENTE
SALAS DE SAN PEDRO DE BARVA
ARTÍCULO 1- Se desafecta del uso público un inmueble propiedad del Estado, cédula jurídica dos-cero cero cero-cero cuatro cinco cinco dos dos (N.°2-000-045522), ubicado en el partido de Heredia, cantón segundo B...
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