AUTORIZACIÓN A LA REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO SOCIEDAD ANÓNIMA (RECOPE) PARA QUE DONE A FAVOR DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA TRES PROPIEDADES UBICADAS EN EL PARTIDO DE SAN JOSÉ Y EL PARTIDO DE ALAJUELA

Fecha de publicación16 Marzo 2021
Número de registroIN2021534872
EmisorPoder Legislativo

AUTORIZACIÓN A LA REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO SOCIEDAD ANÓNIMA (RECOPE) PARA QUE DONE A FAVOR DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA TRES PROPIEDADES UBICADAS EN EL PARTIDO DE SAN JOSÉ Y EL PARTIDO

DE ALAJUELA

Expediente N° 22.419

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Al tenor de lo estipulado por la Constitución Política en su artículo 12, el Estado dispondrá de las fuerzas de policía necesarias para la vigilancia y conservación del orden público. Sobre esa misma línea, la Ley General de Policía, N° 7410 establece que la Guardia Civil y la Guardia de Asistencia Rural (hoy Fuerza Pública) son las encargadas de la vigilancia general y la seguridad ciudadana; ejercerán sus funciones en todo el país, de conformidad con la determinación técnica sobre la naturaleza rural o urbana que señalen las instituciones públicas correspondientes. Para ello, se establecerán unidades de mando organizadas según la división regional que el Ministerio respectivo determine. Asimismo, el artículo 1 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública, N° 5482, reza que El Ministerio de Seguridad Pública tiene por función preservar y mantener la soberanía nacional; coadyuvar en el fortalecimiento del principio de la legalidad conforme se especifica en el artículo 3º de esta ley, mediante el respeto y acatamiento generales de la Constitución Política y las leyes; velar por la seguridad, tranquilidad y el orden público en el país. La jurisdicción del Ministerio se extiende a todo el territorio nacional, aguas territoriales, plataforma continental y espacio aéreo de la República, conforme a la Constitución Política, a los tratados vigentes y a los principios del Derecho Internacional.

Partiendo de lo anterior, la entonces Viceministra de Seguridad Pública, señora Fiorella Salazar Rojas, mantuvo un acercamiento con personeros de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), producto de lo cual surgió la iniciativa de solicitar a esta última, valorar la posibilidad de donar al Ministerio de Seguridad Pública algunos inmuebles con la finalidad de destinarlos a instalaciones policiales; este requerimiento se formalizó mediante el oficio N° MSP-DM-DVA-FSR-005-2019 del 15 de enero del 2019. De conformidad con lo anterior la Junta Directiva de RECOPE, en el Artículo 8.1, de la Sesión Ordinaria #5076-48, celebrada el 18 de febrero del 2019, y con fundamento en lo dictaminado por la Dirección Jurídica de dicha Empresa mediante oficio P-DJ-0150-2019 de fecha 19 de febrero del 2019 determinó que, por constituir la función del Ministerio de Seguridad Pública una actividad de interés público medular para la vida de todos los costarricenses, la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) manifiesta su anuencia a traspasar a dicho Ministerio, mediante donación amparada por Ley de la República, los inmuebles que actualmente ocupan las siguientes estaciones de servicio:

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En respaldo del ofrecimiento y en cuanto a la necesidad y conveniencia para el Ministerio de Seguridad Pública de contar con los inmuebles ofrecidos por RECOPE, se emite el criterio operativo expresado mediante el oficio N° MSP-DM-DVURFP-DGFP-SGFP-DRPSJ-SRM-DPCAT-1844-2019 del 04 de julio del 2019, suscrito por el Intendente Edward Martínez Espinoza, Jefe de la Delegación del Distrito Catedral, San José, sobre el inmueble situado en Barrio Naciones Unidas, 120 metros al noroeste de la rotonda de la Y Griega, en los siguientes términos:

Considerando la ubicación del terreno en caso de que en un futuro fuese utilizado para la Delegación Policial Catedral la única limitante desde el punto de vista operativo es la complicación para el traslado del personal policial de a pie y los tiempos de alimentación entre otros. Sin embargo, en caso de ser pretendido para uso de alguna otra delegación o subdelegación y en caso de concretarse una infraestructura adecuada sería idóneo por su ubicación, además de que el terreno es esquinero. // El terreno por tener una excelente ubicación y en caso de lograrse la construcción de una infraestructura adecuada para albergar funcionarios policiales sería un lugar idóneo para la construcción de la Delegación Policial de Catedral, con la única limitante ya mencionada.”

En adición a lo anterior, consta en el oficio N° MSP-DM-DVURFP-DGFP-SGFP-DRPSJ-SN-DPT-295-2019 del 25 de febrero del 2019, por medio del cual la Intendente Raquel Valverde Flores, Jefe de la Delegación Policial del Cantón de Tibás, rinde criterio operativo del inmueble ubicado 200 metros sur de la esquina sureste del Parque de Tibás, para materializar una delegación o subdelegación policial. Dicho oficio manifiesta, en lo conducente:

“Por su ubicación nos fortalece para el desplazamiento hacia las entradas, salidas y vías alternativas ante cualquier colaboración, emergencia o incidente que se tenga que acudir, ya que cuenta con comunicación entre utilizando tanto vías secundarias como terciarias.(…) Actualmente, el Centro de Monitoreo se ubica fuera de nuestra Jurisdicción [sic], propiamente en el Cantón de Goicoechea en Calle Blancos, donde se nos genera un desgaste de recurso móvil y de tiempo, al tener que desplazar el personal hasta dicho sector para ser (sic) los relevos y cubrir el puesto. Además, del tiempo que se toma al llevar la alimentación. Al contar con el Centro de Monitoreo dentro de nuestra jurisdicción y bajo la supervisión directa de la Jefatura, Subjefatura, Jefe Distrital y oficial de guardia, se gana tiempo, recurso y control. (…) La Delegación [actual] presenta bastantes problemas de hacinamiento, el cual, si se creara la Delegación Cantonal o Subdelegación del Distrito San Juan, se realizaría un reacomodo al ubicar al personal policial, el (sic) cual es motivación para todos los que laboran tanto policial como administrativo. Además, que actualmente las condiciones de la actual delegación no cumplen con las necesidades básicas de una Delegación Policial (sic), a pesar de que ya este año empezaron a realizarse las mejoras. (…) Por cuanto esta propiedad está ubicada en el centro del Cantón de Tibás, accesible a toda la ciudadanía, fácil acceso por los cuatro puntos cardinales, para cualquier desplazamiento ante una emergencia, eventualidad o cooperación, donde los riesgos y limitaciones se pueden solventar.”

En ese mismo sentido, se cuenta también con el oficio N° MSP-DM-DVURFP-DGFP-SGFP-DRHN-DSCE-0250-2019 del 12 de febrero del 2019, suscrito por el Intendente Osvaldo Rodríguez Bustos, Jefe de la Delegación Policial de San Carlos Este, y que rinde criterio operativo sobre el inmueble ubicado 300 metros al norte de la Iglesia de Ciudad Quesada, de la siguiente forma:

Ventajas:

- Cercanía con el casco central, esto genera más facilidad de acceso al cliente externo que desee un servicio por parte de esta Delegación.

- Dimensiones del terreno, esto facilita construir un edificio más grande que el actual, esto hace que el edificio tenga una mejor infraestructura.

- Dicho edificio sería propio (Estatal), generando esto disminución de costos en alquileres.

- Mejora el tiempo de respuesta, esto por motivo de que al estar en una ubicación estratégica, se atienden con mayor facilidad las incidencias diarias.

- Cercanía con otras comunidades del distrito e instituciones públicas y privadas de importancia en la zona.

- Espacio amplio para estacionamiento de vehículos particulares y oficiales, por el motivo que no se estaría irrespetando la ley de tránsito (sic), ya que en dicha ubicación esta (sic) demarcada con línea amarilla o prohibición de estacionamiento.”

En otro orden de ideas, se cuenta con los informes periciales del Departamento de Proyectos se Infraestructura del Ministerio de Seguridad Pública, en los cuales se avala la viabilidad estructural y/o topográfica de las propiedades ofrecidas para la eventual ubicación de unidades policiales en dichos inmuebles. Dichos criterios son, a saber:

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Finalmente, de acuerdo con las verificaciones hechas a la información registral y catastral de las propiedades ofrecidas, se logra corroborar que las mismas se encuentran libres de gravámenes y anotaciones judiciales o advertencias administrativas.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, el Ministro de Seguridad Pública y la...

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