Sala IV avala prohibición de vender frituras en colegios

Arrendatarios de sodas escolares perdieron una de las últimas cartas que se jugaban para que los dejen venderfrituras, confites y gaseosasen escuelas y colegios.El revés lo tuvieron en la Sala IV, que declaró sin lugar una acción de inconstitucionalidad presentada por esos comerciantes contra elreglamentoque define los productos que no pueden ofrecer a los estudiantes.Los magistrados consideraron que esta medida, adoptada por los ministerios de Educación Pública (MEP) y Salud, no violenta la libertad de comercio.Además, determinaron que, aunque esos productos tienen permiso de comercialización en el país, lassodas escolaresdeben sujetarse a las regulaciones que les establezca el MEP.De paso, el alto tribunal recalcó que el derecho superior del niño y del adolescente está por encima de la libertad de comercio.'Los concesionarios de estas sodas no pueden compararse en un plano de igualdad con el resto de comerciantes, por lo que deben responder a otro tipo de exigencias y prohibiciones', dice el fallo.La regulación, que rige desde este curso lectivo, procura incidir en la cultura alimentaria de los estudiantes, con tal de disminuir el sobrepeso y obesidad, que afecta a un 20% de esa población.Este fallo...

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