Banca para Desarrollo y Tributación chocan por exención de impuestos

El Sistema de Banca para el Desarrollo y la Dirección General de Tributación discrepan de la forma en que se aplica la exención de impuestos a las operaciones que efectúan los fondos de esta entidad.

Miguel Aguiar, director del Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD), explicó que el artículo 15 de la Ley N.° 9274 -que reformó el Sistema- establece que los recursos que forman parte del SBD estarán exentos de todo tipo de tributo.

Para Aguiar, eso se aplica tanto a las inversiones que realizan los fondos, como a la rentabilidad que obtienen al hacer operaciones de crédito y avales.

El SBD es un sistema para financiar pequeños proyectos.

El Sistema administra tres fondos: el Fideicomiso Nacional para el Desarrollo (Finade), el Fondo de Financiamiento para el Desarrollo (Fofide) y el Fondo de Crédito para el Desarrollo.

Cada uno de estos fondos tiene recursos que invierte en instrumentos financieros mientras se utilizan y, al hacerlo, enfrentan el impuesto de 8% del impuesto sobre la renta.

Por otro lado, los fondos también generan ganancias al efectuar operaciones de avales y créditos, las cuales están sujetas también a ese impuesto.

Para Aguiar, estos tributos no deberían cobrarse; por ello se iniciaron gestiones ante Tributación hace casi dos...

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