Carlos Camacho: Extensión de plazo

Para los grandes contribuyentes nacionales, quienes son los actuales responsables de efectuar el levantado de su propia auditoría fiscal y ponerla en medios electrónicos, alojado en el servidor de Hacienda, se ha dado un respiro temporal que termina el próximo 19 de los corrientes.

En lugar de hacer las cosas bien desde el principio, acostumbra la Administración Tributaria andar reparando sus propios entuertos, por lo que ha entrado en razón y ha permitido a aquellos contribuyentes cuya información exceda los doscientos registros subir la información en formatos excel.

No obstante, esta autorización únicamente es permitida en los apartados referentes a accionistas, agencias, aportes o retiros extraordinarios al patrimonio, cancelación de dividendos, arrendamientos, bienes muebles e inmuebles, clientes y proveedores en el exterior.

A nivel práctico, cabe recordar que si bien el día 19 de marzo vence el primer plazo para presentar la información, diez días después hay que efectuar la primera de las actualizaciones obligadas de esta herramienta de inteligencia tributaria en favor del fisco.

En la vida práctica, las empresas deberán contar con recursos dedicados y calificados para tomar en sus manos la responsabilidad de actualización de los datos, que contiene el expediente digital recién en vigor.

Vale la pena aclarar que los bienes por declarar, las empresas del...

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