CCSS debe mantener pensión a viudos con nueva pareja

La CCSS tendrá que pagar de forma retroactiva la pensión por viudez que les quitó a los beneficiarios que se volvieron a casar o viven en unión libre.

Así lo ordenó la Sala IV en la sentencia 2010-18965 del 17 de noviembre del año anterior, pero que fue divulgada esta semana.

Los magistrados anularon el artículo 20 inciso d) del Reglamento del seguro de invalidez, vejez y muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Ese apartado establecía que el matrimonio o la unión libre es una de las circunstancias que lleva a la eliminación del pago de pensión por viudez.

'Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada', establecieron los jueces.

Autoridades de la CCSS no se manifestaron sobre este fallo, pese a que se les enviaron preguntas por correo electrónico desde la tarde del miércoles.

Entre las dudas estaban el costo económico en que incurrirá la institución para cumplir con la exigencia de la Sala, así como la cantidad de personas a quienes les quitaron la pensión con base en el artículo derogado.

El caso. La acción de inconstitucional que derivó en esta sentencia la presentó María Doris Gutiérrez Carrera, vecina de San Antonio de Nicoya, Guanacaste.

Gutiérrez, quien tiene 69 años de edad, enviudó en 1988, pero contrajo nuevas nupcias en el 2005, momento cuando la Caja le suspendió el pago del dinero.

'Empecé los trámites para recuperar ese beneficio en el 2009 porque era un derecho de mi finado esposo, quien fue policía y cotizó.

'Como la Caja me respondió que no me daría la pensión, acudí a la Sala IV', dijo Gutiérrez ayer, quien durante 27 años trabajó como auxiliar de enfermería en el Hospital de La Anexión, en Nicoya.

Gutiérrez aseguró que desde julio del año pasado la Caja reanudó el pago de ese beneficio, incluso antes de la orden de la Sala IV.

'El pago me lo hicieron retroactivo...

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