Chofer de bus inhabilitado para manejar por caída de anciana

'Ese día (20 de agosto del 2013) como a las 3:30 p. m., estaba haciendo fila para esperar el bus de Carmiol (...). En eso venía, con las puertas abiertas, y es lógico para que los pasajeros suban.

'El bus tenía una manigueta en la puerta, me agarré de esa barra y subí la grada. Yo estaba con los dos pies en el autobús, en la grada, y le metió un jalón al bus, y jaló (...). El bus me arrastró, yo recorrí como dos metros, cuando me suelto, comencé a gritar, porque le dije a mi esposo: 'Ya me fracturé'...'.

Este fue el relato de una adulta mayor, de 88 años, ante el Tribunal Unipersonal de Juicio de San José , y sirvió de fundamento para que la jueza, Isabel Porras Porras, considerara que el chofer del autobús, Gilberth Cascante Mora, faltó al deber de cuidado y movió el bus sin esperar que la usuaria, cuyo nombre se omite a pedido de la familia, terminara de subir.

Por esa razón, la jueza inhabilitó a Cascante para manejar cualquier tipo de vehículo por seis meses. Además, lo condenó a ocho meses de cárcel por el delito de lesiones culposas.

Paralelamente, impuso a Cascante y a la empresa de buses Ruta Cincuenta y Uno, Cincuenta y Tres S. A. (propietaria de la unidad involucrada en el caso) a pagar a la anciana, de forma solidaria, ¢28 millones.

Este fallo fue dado a conocer el pasado 19 de noviembre.

El defensor público Luis Diego Miranda Moya, quien representó a Cascante, comunicó que no se iba a referir al tema, pues está analizando el fallo integral para determinar si hay elementos para impugnarlo.

La Nación intentó localizar a la abogada Gabriela Vargas Rounda, representante de la empresa de buses, pero no respondió el celular ni los mensajes dejados en la oficina.

El abogado Pablo Solano Molina, quien llevó la parte legal de la afectada, dijo que esta sentencia judicial es muy novedosa pues el fallo viene a proteger los derechos de los adultos mayores, sobre todo por la vulneración a que están expuestos cuando utilizan el servicio de autobuses.

'Es la primera vez que se dice a nivel judicial que hubo un irrespeto e incluso se incurrió en un delito penal como es el de lesiones culposas', agregó.

Hecho. El caso que se juzgó, según la sentencia 996-2015 del Tribunal de Juicio de San José, ocurrió cuando la víctima tenía 86 años.

Ella, acompañada por su esposo de la misma edad, se dirigían a su casa, en Carmiol de San Pedro de Montes de Oca, por lo que fueron a tomar el bus en la parada de San José, que se ubica 50 metros al norte del bar...

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