Choferes recurren a excusas absurdas para apelar multas

El desmayo de una persona, desperfectos mecánicos, errores involuntarios, mala suerte y oficiales de tránsito injustos, son algunos de los argumentos que presentan cientos de conductores para impugnar infracciones a la ley de tránsito.

Según el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi), algunos choferes relatan verdaderos dramas personales con tal de apelar la multa, frenar el proceso por años y hasta librarse del pago gracias a la prescripción.

Eso explica por qué hay más de 148.000 apelaciones sin resolver en la Unidad de Impugnaciones del Cosevi, algunas planteadas desde el 2011.

La entidad dispone de 45 abogados para atender la totalidad de reclamos.

'La gente ha agarrado una irresponsabilidad: tengan o no tengan la razón, apelan. Es más, tenemos funcionarios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes a los que les han quitado el carro por andar sin revisión técnica, sin marchamo y vienen a impugnar. Dicen: 'nada importa, apelar me da al menos seis meses para juntar la plata'', expresó, con indignación, Cindy Coto, directora ejecutiva del Cosevi.

La Nación tuvo acceso a varios formularios de objeción, en los que los infractores incluso admiten haber cometido la falta, pero alegan no tener dinero para cancelar la sanción o piden que se les perdone porque tienen hijos, estudian de noche o acaban de iniciar un negocio.

Coto no precisó cuántas apelaciones de ese tipo se reciben, pero señaló que son una buena cantidad.

Todas se aceptan. La institución no puede rechazar de plano una objeción. Aunque el argumento sea absurdo, debe recibirla y asignarla a un abogado para su estudio. Además, si el infractor presenta testigos, se debe convocar una audiencia, lo cual atrasa aún más el proceso.

Para apelar una sanción, los únicos requisitos son presentar el parte original y una copia, cédula de identidad y el escrito en el que se desarrollan los argumentos por los cuales se rechaza la infracción.

Muchos de los choferes objetan las multas, confiados en que prescriben pronto, pues antes de octubre del 2012 los partes perdían vigencia dos años después de la confección. No obstante, con la reforma a la ley, el plazo de prescripción de los partes es ahora de siete años.

Para Mario Calderón, director de la Policía de...

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