Circular Nº 231 de secretaría general de la corte, 21-09-2023

Número de circular231
Fecha21 Septiembre 2023
EmisorSecretaría de la Corte

CIRCULAR No. 231-2023 Asunto: Obligaciones y Aspectos a Considerar sobre el Sistema de Registro Electrónico de Mandamientos SREM. Modificación parcial a la circular 86-2017 de la Secretaría General de la Corte A TODOS LOS DESPACHOS CIVILES Y DE COBRO JUDICIAL, SE LES HACE SABER: El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 74-2023 celebrada el 07 de setiembre del 2023, artículo LIII, a solicitud de la Comisión de la Jurisdicción Civil, y con fundamento en los artículos 66 y 243 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 12, 15, 17, 18 y 19 de la Ley General de Control Interno, con absoluto respeto del principio de independencia judicial y en cumplimiento del acuerdo tomado por el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión N° 4-2023 celebrada el 19 de enero de 2023, ARTÍCULO XVIII, donde aprueba la recomendación de Auditoría Judicial del informe N°1685-125-IAO-SAO-2022 del 22 de diciembre de 2022 dirigida al Equipo Gestor del Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional que indica: “3.7. Analizar en asocio con la Comisión de la Jurisdicción Civil y otras instancias que se estime pertinente, respecto los lineamientos institucionales vinculantes para los despachos judiciales que conocen la materia cobratoria, la definición del lapso en el cual se debe hacer efectiva la acción de anotación y cancelación de gravámenes en el Sistema para el Registro Electrónico de Mandamientos, la pertinencia de dejar constancia de la aplicación efectiva en el expediente judicial accesible para las partes, así como para limitar la concentración de funciones incompatibles. Los resultados de este ejercicio deberán ser comunicados al Consejo Superior o Dirección Ejecutiva, según corresponda”, dispuso acoger para su cumplimiento los siguientes lineamientos en aras de fortalecer el sistema de Control Interno: A.) Obligación de Dejar Constancia de la Anotación en el Expediente Virtual: En el trámite de anotación y cancelación de anotaciones y embargos en el Sistema de Registro Electrónicos de Mandamientos Judiciales SREM, con el fin de que sea útil para futuros actos procesales, será obligatorio dejar constancia de la anotación y de los respectivos levantamientos dentro del proceso judicial donde se indique la identificación del bien mueble o inmueble, el tomo y asiento y la opción de practicado con la fecha respectiva. Para ello, se utilizará el modelo de constancia que para tales efectos se encuentra en el Escritorio Virtual o la generada por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR