Circular Nº 271 de secretaría general de la corte, 10-12-2020

Número de circular271
Fecha10 Diciembre 2020
EmisorSecretaría de la Corte

CIRCULAR No. 271-2020. Asunto: Uso obligatorio del Sistema de Asistencia Electrónica Institucional (SAEI)”. A LOS DESPACHOS JUDICIALES UBICADOS EN LOS EDIFICIOS DE JICARAL, OSA, CIUDAD JUDICIAL, SARAPIQUÍ (Juzgado Contravencional, Juzgado de Pensiones, Administración Regional y personal de Tecnología de Información), SIQUIRRES (Tribunal Penal y Juzgado Penal) Y LOS CHILES, QUE CUENTAN CON EL SISTEMA DE ASISTENCIA ELECTRÓNICA INSTITUCIONAL (SAEI) SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior en sesión N° 90-15 de 8 de octubre de 2015, artículo CXVI, aprobó el uso del Sistema de Control de Accesos y Asistencia para el Poder Judicial; además, en sesión Nº 107 del 29 de noviembre del 2016, artículo LXXXII, dispuso ampliar la cobertura del SAEI a todo el país en forma ordinaria y paulatina. En complemento de lo anterior, en sesión N° 87-17 del 26 de setiembre de 2017, artículo L, se autorizó la publicación de la Circular N° 160-2017 acerca de las “Reglas Prácticas en la Implementación del Sistema de Asistencia Electrónica Institucional (SAEI)”, las cuales son de acatamiento obligatorio, con el fin de crear en la población judicial una cultura y estandarizar el uso de dicho sistema. Con fundamento en lo indicado y ante la reciente instalación de dispositivos para el uso del SAEI en JICARAL, OSA, CIUDAD JUDICIAL, SARAPIQUÍ (Juzgado Contravencional, Juzgado de Pensiones, Administración Regional y personal de Tecnología de Información), SIQUIRRES (Tribunal Penal y Juzgado Penal) Y LOS CHILES, se les comunica que, este Consejo Superior en sesión número 105-2020 celebrada el 03 de noviembre del 2020, artículo VI, dispuso que las jefaturas tienen la obligación de velar para que las personas servidoras que deben firmar, hagan un uso efectivo de dicho sistema. Deberán tener en cuenta que ante la eventual visita del Tribunal de la Inspección Judicial a los despachos y oficinas judiciales, donde se cuente con dispositivos de marca, esa Inspección constatará su uso efectivo. Las personas servidoras judiciales que están eximidas de firmar el registro de asistencia, se contemplan en la Circular Nº 74-2017 de la Secretaría General de la Corte, donde se dispone que son las que ocupan jefaturas, entendiéndose por esto las personas funcionarias que administran justicia y las jefaturas de sección y de...

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