Clave Fiscal: Declaración de empresas inactivas

El pasado 5 de noviembre la Administración Tributaria emitió la resolución DGT-R-38-2020, con la que se modifica la forma en que las empresas inactivas tendrán que presentar la declaración correspondiente a sus activos, pasivos y capital social.En resumen, las empresas inactivas tendrán que utilizar el mismo formulario D 101 que utilizan las compañías que sí cuentan con una actividad lucrativa para declarar su utilidad al final del período fiscal.Claro está, dicha modificación plantea dudas importantes, pues la declaración D101 está diseñada, en su estructura, para reflejar los activos y pasivos, los ingresos, costos y gastos de la empresa, con el fin de determinar una utilidad al final del período fiscal.Sin embargo, en el caso de las inactivas, el formulario debería estar diseñado y orientado a reflejar, con carácter informativo, cómo se compone el patrimonio de una empresa que no tiene actividad lucrativa.En consecuencia, la relación entre ingresos gravables y gastos deducibles no es aplicable para aquellas empresas sin actividad lucrativa, por lo que, la utilización del mismo formulario podría prestarse para confusiones o malas interpretaciones, tanto de contribuyentes como de las propias autoridades...

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