Pólizas colectivas ahora tienen nuevas reglas

Un nuevo reglamento facilita que ahora las personas que tienen pólizas colectivas perciban ganancias que estos seguros generan en caso de que así sea pactado.Si los asegurados pagan por lo menos una parte de la póliza, y también se pactó en el contrato que participarían de los beneficios patrimoniales, están en la posibilidad de recibir los beneficios de manera proporcional.Este tipo de aseguramiento es usual entre quienes contraen deudas, pues una de las condiciones del sistema financiero es que tomen un seguro que garantice el monto adeudado en caso de muerte.Como las instituciones poseen múltiples deudores, entonces proceden a elaborar, por su cuenta, un solo contrato de seguro que cubre a múltiples personas o empresas que tengan una característica en común de mayor importancia, que simplemente el propósito de asegurarse.De esa manera, si la compañía aseguradora reconoce sus ganancias, y además algunas adicionales, deben distribuirse entre quienes pagaron por esa cobertura de riesgo y eso puede significar hasta un reintegro de dinero.Esto ocurre cuando, por ejemplo, se presenta una baja siniestralidad que, en el caso de seguros de vida, sería un año con pocas defunciones.Antonio Barzuna, presidente de la corredora de seguros Avanto, insistió en que la modificación permitirá que el ahorro llegue directamente a quienes pagan por el seguro y que, de esa manera, se evite que los tomadores se dejen ese margen.Según Barzuna, estas y otras particularidades de las pólizas colectivas deberían de redundar en menores costos o tarifas más bajas para los asegurados.El pasado 17 de junio, la Superintendencia General de Seguros (Sugese) publicó el Reglamento de seguros colectivos , el cual regula, desde ese momento, los contratos bajo esta modalidad.Más claridadPara Tomás Soley, superintendente de Seguros, la nueva reglamentación proporciona a los consumidores, y al mercado en general, más claridad acerca de los deberes que tiene cada parte en esta clase de contratos.Otro de los cambios es que los asegurados contarán con un documento denominado certificado de seguro. Este debe ser emitido y entregado en los siguientes diez días hábiles a la aceptación del riesgo o modificación de la póliza.El certificado deberá contener la información básica de la póliza, la inclusión de los riesgos, los beneficios y el nombramiento específico del asegurado.De esa manera, cada persona que tenga una póliza colectiva tendrá en su poder un documento que le acredite tal beneficio, sin...

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