Reforma al Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica., de 29 de Junio de 2004

EmisorColegio Federado de Ingenieros y Arquitectos

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

Asamblea de Representantes Nº

06-03/04-AER del 29 de junio de 2004:

Acuerdo Nº 2:

Aprobar la propuesta de modificación al artículo Nº

61 del Reglamento Interior General, presentado por la Administración, para que se lea:

"Artículo Nº 61.

Todas las empresas registradas deben solicitar por escrito anualmente, en el formulario establecido al efecto, la revalidación de su membresía antes del 31 de enero. La solicitud deberá estar firmada por el representante legal de la empresa e indicar el nombre del o de los miembros del Colegio Federado que pertenecen a la empresa y cumplir con los demás requisitos formales establecidos en el formulario indicado. Tal gestión debe estar suscrita por el o los profesionales en cuestión. Este requisito debe cumplirse también en la solicitud inicial.

Conjuntamente con la solicitud de revalidación deberá cubrirse la cuota única correspondiente a los derechos anuales de asistencia, como empresa consultora y constructora.

Tanto al hacerse la inscripción inicial,

como al quedar efectuada la revalidación anual, el Colegio Federado extenderá a solicitud de la empresa un certificado, el cual será necesario para poder desarrollar las actividades respectivas.

Toda empresa está en la obligación de informar por escrito al Colegio Federado, si hubiere cambio de profesionales, cumpliendo con los requisitos establecidos en este artículo. En caso de que la...

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