COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES Manual de políticas y procedimientos

Fecha de publicación30 Agosto 2021
Número de registroIN2021576693
EmisorAVISOS

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

Manual de políticas y procedimientos

Lineamientos para la promoción de los Derechos Humanos y la inclusión en el Colypro

Código: POL-DE-04

Versión: 1, Julio de 2021

Fecha de aprobación: 13 de julio de 2021

Reemplaza a: Ninguna

Revisado por: Asesora legal de Dirección Ejecutiva, Director Ejecutivo, Gestor de Control Interno, Gestora de Calidad.

Aprobado para entrar en vigencia: Acuerdo 05 del acta 067-2021

Objetivo: promover una cultura institucional respetuosa de los derechos humanos velando por el cumplimiento de la legislación nacional, la inclusión y el acceso a servicios y espacios libres de toda forma de discriminación.

Alcance: Dirigida a personas colaboradoras, órganos del Colegio y personas colegiadas.

Políticas generales:

1. Esta política se fundamenta en los principios de justicia, respeto, libertad, igualdad, equidad, no discriminación, trato digno, reconocimiento de la diversidad humana en sus múltiples formas, como principios normativos y como derechos, los cuales son la base para promover un entorno laboral y espacios institucionales, educativos y recreativos, libres de toda forma de discriminación, maltrato, abuso y violencia, así como para promover la calidad de vida, el bienestar y el desarrollo humano de todas las personas colaboradoras y colegiadas implicadas en el quehacer del Colegio.

2. Esta política establece de manera general las responsabilidades del Colegio Profesional, todos sus órganos y personas colaboradoras, en materia de Derechos Humanos, en concordancia con:

a) Todos los instrumentos de Derecho Internacional de Derechos Humanos y demás convenios, tratados y legislación reconocidos y ratificados por el país, así como aquellos reconocidos como leyes de la República.

b) La legislación nacional vigente que atañe a Derechos Humanos, diversidades, género, multiculturalidad, inclusión y no discriminación, en general, y en los ámbitos laboral y educativo en particular.

c) El Acuerdo 09 de la sesión ordinaria 024-2019 de la Junta Directiva del Colypro del 19 de marzo de 2019, que declara al Colegio como espacio libre de toda discriminación, reafirma su compromiso con la protección de los Derechos Humanos y la eliminación de toda forma de discriminación, así como con el fomento de una cultura respetuosa de las diferencias.

3. Esta política está orientada por los enfoques de: Derechos Humanos, género sensible, protección integral, diversidades, inclusividad, interculturalidad, generacional-contextual.

4. El Colegio integra el enfoque de Derechos Humanos en la visión, misión, valores institucionales, planificación estratégica y planes anuales operativos, cuerpo de políticas, normativa interna, Reglamento Interno de Trabajo, Código Deontológico y otros referentes institucionales.

5. El Colegio procura los recursos humanos, financieros y técnicos necesarios, así como la creación de mecanismos normativos, administrativos y operativos para la implementación efectiva de esta política.

6. El Colegio da a conocer de manera periódica la política de Derechos Humanos, así como los comunicados de carácter educativo sobre estos temas, por medio de los mecanismos de comunicación más adecuados, tanto en el ámbito interno como externo.

7. El Colegio cuenta de manera permanente con un equipo de trabajo denominado Equipo de Derechos Humanos e inclusión, nombrado por la Dirección Ejecutiva y conformado de manera voluntaria y Ad honorem por personas colaboradoras. Este equipo responde en su quehacer de manera directa a la Dirección Ejecutiva y para el desarrollo de sus funciones, contará con la asesoría legal de una persona colaboradora profesional en Derecho.

8. El accionar del Equipo de Derechos Humanos e inclusión está dirigido a acompañar a las personas funcionarias, órganos, personas colegiadas y poblaciones relacionadas.

9. Las funciones del Equipo de Derechos Humanos e inclusión consisten en:

a) La planificación, ejecución, evaluación y seguimiento del Plan Anual Operativo del equipo de trabajo.

b) La promoción y divulgación de los Derechos Humanos y de las buenas prácticas que consoliden una cultura organizacional respetuosa, inclusiva e igualitaria, acorde con los enfoques de la presente política explicitados en el punto 2.

c) El desarrollo de acciones de Educación en Derechos Humanos y para los Derechos Humanos dirigidas a las personas colaboradoras, órganos, personas colegiadas y poblaciones relacionadas, que promuevan su conocimiento y su ejercicio pleno.

d) La revisión de las políticas institucionales vigentes y futuras, desde el enfoque de los derechos humanos para su respectiva incorporación, en caso de ser necesario, emitiendo las respectivas recomendaciones a la Dirección Ejecutiva, dirigidas a la eliminación de sesgos en esta materia.

e) La emisión de recomendaciones a la Dirección Ejecutiva relacionadas con la vivencia de los Derechos Humanos en el contexto institucional.

f) La coordinación, el desarrollo, la promoción, la ejecución, el control, la evaluación, el seguimiento y la mejora continua de la política de Derechos Humanos e inclusión, para lograr alcanzar a corto, mediano y largo plazo los objetivos propuestos.

g) La asesoría hacia las distintas instancias del Colegio sobre la materia y en la canalización y acompañamiento de denuncias relacionadas con actitudes y conductas discriminatorias a lo interno del Colegio.

h) La divulgación periódica de las acciones realizadas y los logros alcanzados en materia de derechos humanos por parte del Colegio.

10. El Colegio procura mantener relaciones interinstitucionales con las instituciones estatales rectoras encargadas de velar por la promoción y protección de los derechos humanos, la inclusión y la no discriminación, así como con otras instancias que trabajan en la promoción y divulgación de los derechos humanos, con fines de cooperación y trabajo conjunto.

11. La Dirección Ejecutiva, las Jefaturas de Departamento y el Departamento de Recursos Humanos velan por el cumplimiento y aplicación efectiva de esta política. La Dirección Ejecutiva en lo general, cada Jefatura en relación a lo concerniente al equipo de trabajo a su cargo y al quehacer de su Departamento y el Departamento de Recursos Humanos en lo relativo a las relaciones laborales, recepción y atención efectiva de denuncias internas por discriminación, por medio de los mecanismos ya existentes o de nuevos mecanismos que se generen para tal efecto.

12. El Colegio cuenta con mecanismos claros que permitan recibir, atender y resolver las denuncias generadas por actitudes y conductas discriminatorias, así como con mecanismos para sancionar dichas actitudes y conductas. Los procesos de denuncia y atención de situaciones de discriminación deben ser resguardados por la confidencialidad. Estos mecanismos de denuncia estarán establecidos en la política para tal fin.

13. Las personas funcionarias realizan sus labores de manera acorde con los principios establecidos en el punto 1 de esta política, así como las personas que conforman los distintos órganos del Colegio Profesional.

14. El quehacer profesional de las personas colegiadas, en distintas áreas y ámbitos, se regirá según lo establecido en el Código Deontológico del Colegio Profesional y con los principios establecidos en el punto 1 de esta política.

15. El Colegio procura desarrollar procesos de comunicación internos y externos, inclusivos y no discriminatorios, libres de expresiones que refuercen o fomenten prejuicios o estereotipos de cualquier naturaleza.

16. El Departamento de Recursos Humanos, debe reservar y asignar el 5% de las plazas vacantes para personas con alguna discapacidad, con el fin de garantizar la inserción laboral y la igualdad de oportunidades para estas personas, garantizando las mismas condiciones salariales, laborales y otros aspectos que sean atinentes al proceso de inserción. En concordancia con lo establecido en la Ley 8862. Además, como una acción afirmativa, este mismo criterio aplicará para personas con una condición particular de salud o genética, personas pertenecientes a pueblos indígenas, minorías étnicas o personas trans, que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad.

Políticas específicas

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