COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

Fecha de publicación19 Octubre 2021
Número de registroIN2021591729
EmisorAVISOS

COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

El Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica comunica que en sesión de Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de fecha 5 de mayo del 2021, se acuerda probar e inscribir el bachillerato y licenciatura en Ortoprótesis y Ortopedia en la lista oficial de disciplinas reconocidas por este colegio profesional en la Normativa de Tecnólogos en Ciencias Médicas y la Normativa de Profesionales Afines a las Ciencias de la Salud. Es por ello que se incluye dicha disciplina en el artículo 3 de la Normativa de Tecnólogos en Ciencias Médicas y en el artículo 5 de la Normativa de Profesionales Afines a las Ciencias de la Salud, artículos que de ahora en adelante se leerán de la siguiente manera:

Artículo 3°—De las tecnologías autorizadas. El Colegio de Médicos y Cirujanos, reconoce las siguientes tecnologías en Ciencias Médicas:

3.1. Citología. Se reconoce como sinónimo los siguientes términos: Citotecnología.

3.2. Disección. Se reconoce como sinónimo, los siguientes términos: disección de autopsias; Disección y tanatopraxia.

3.3. Electrocardiografía.

3.4. Encefalografía.

3.5. Emergencias médicas. Se reconocen como sinónimos, los siguientes términos: Emergencias y Rescate; Urgencias Médicas; Atención pre hospitalaria y Atención pre hospitalaria y en emergencias.

3.6. Gastroenterología.

3.7. Hemodinamia.

3.8. Histología. Se reconoce sinónimo los siguientes términos: Histotecnología.

3.9. Imágenes Médicas. Se reconoce como sinónimo los siguientes términos Imagenología diagnóstica; Imagenología diagnóstica y terapéutica; Imagenología médica; Procedimientos radiológicos; Radiología.

3.10. Oftalmología.

3.11. Ortopedia. Se reconoce como sinónimo los siguientes términos: Ortopedia y rehabilitación; Tecno ortopedia y trauma.

3.12. Podología. Se reconoce como sinónimo, las siguientes: Podología clínica.

3.13. Prótesis y Órtesis.

3.14. Registros Médicos. Se reconoce como sinónimo, los siguientes términos: Administración de sistemas de información en salud; Administración de sistemas de información de salud y registros; Registros médicos y sistemas de información en salud; Registros y estadísticas de la salud; Sistemas de información en salud.

3.15. Salud Ambiental (Solicitud de autorización voluntaria).

3.16. Salud ocupacional. Se reconoce como sinónimos: Gestor en Salud Ocupacional y Ambiente.

3.17. Saneamiento Ambiental. (Así reformado el inciso anterior en sesión ordinaria 2017-12-13 del 13 de diciembre de 2017).

3.18. Urología.

3.19. Electrofisiología.

3.20. Tecnocardiología y Hemodinamia.

3.21. Embalsamado y otras técnicas de preservación de piezas anatómicas para docencia.

3.22. Ortoprótesis y Ortopedia”.

El resto de la Normativa queda incólume…”

“…Artículo 5°—De las Disciplinas Autorizadas: El Colegio de Médicos y Cirujanos por medio de su Comité de Profesionales Afines a las Ciencias de la Salud, reconoce el siguiente listado oficial de las disciplinas reconocidas para otorgar autorización en el ejercicio profesional:

Licenciaturas:

a) Imagenología Diagnóstica y Terapéutica.

b) Promoción de la Salud.

c) Recreación Física y Mental.

d) Registros Médicos.

e) Salud Ocupacional.

f) Salud Ambiental

g) Ortoprótesis y Ortopedia”.

El resto de la Normativa queda incólume.

Dr. Mauricio Guardia Gutiérrez, Presidente.—1 vez.—
( IN2021591729 ).

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