Columna Tributaria: Donaciones deducibles

El 'Proyecto de regulación de requisitos para el trámite de autorización para recibir donaciones deducibles de la renta bruta del donante', se encuentra en consulta pública.

Entre las principales modificaciones se hace una distinción entre las entidades estatales y aquellas de índole privado que deben registrarse ante la Administración Tributaria para recibir donaciones deducibles.

Entre los nuevos requisitos para la inscripción se mencionan los siguientes: estar inscrito como obligado tributario ante la Dirección General de Tributación (DGT) y estar al día con todas las obligaciones que esto conlleva; estar al día con el pago de las cargas sociales; presentar el nuevo formulario D408; en los casos de renovación se debe suministrar el detalle de donaciones recibidas durante los últimos dos años y proyectos ejecutados durante los últimos cinco años; además, original o copia de los estados financieros.

Las asociaciones o fundaciones para obras de bien social, científicas o culturales deben aportar copia certificada de su acta constitutiva donde conste que dicho ente tiene esos fines, así como la conformación vigente de los miembros que la integran.

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