Comentario al artículo 110 de Ley General de la Administración Pública

Fecha06 Octubre 2022
AutorLuis Ortiz Zamora
SecciónLey General de la Administración Pública

COMENTARIO

Sobre esta norma resulta interesante señalar que el propio Ortiz Ortiz, al explicarla ante la Comisión Redactora de esta Ley General de la Administración Pública, admitió que su aplicación sería poco práctica. En este sentido dijo: “Esto de la presencia de dos testigos es como el cuento del huevo y la gallina, porque en realidad si hay urgencia es absurdo pedir que haya dos testigos, cómo puede ser que en la urgencia no los haya, pero se pone aquí porque de lo contrario se puede dar origen a un caso, porque sencillamente el empleado diga que él salvó la responsabilidad cuando no hay prueba ninguna de que lo hizo” [véase el Expediente Legislativo n°. A23E5452, Acta n°. 99, Folios 327-338].

Asimismo, la norma presenta la dificultad de determinar cuándo se está en un caso de urgencia y quién lo determina a fin de que sea válido salvar la responsabilidad de manera verbal. ¿El servidor que recibe la orden, el superior jerarca, un juez o quién?


AUTOR

Luis Ortiz Zamora • Cuenta con una Maestría en Derecho Público Interno, del Programa de Doctorado en Derecho, Programa de Derecho Público Iberoamericano, por el Convenio Universidad Autónoma de Centroamérica-Universidad Carlos III de Madrid. Además, es Especialista en Derecho Administrativo, Regulación Económica y Servicios Públicos por la Universidad de Salamanca, España. Cuenta con diplomados en Regulación y Competencia, por la Universidad de Valladolid, España, en Regulación Económica, por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, México, y en Administración de Negocios para Abogados por INCAE Business School. También se titula en el Course on Regulation por London School of Economics, Inglaterra y es árbitro de Derecho certificado por el Centro Latinoamericano de Arbitraje Empresarial (CLAE) y la Universidad para la Cooperación Internacional (UCI) Se desempeña como Socio del área de Derecho Público, Contratación Pública y Regulación Económica en BLP Legal, es Presidente de la Asociación Iberoamericana de Estudios de Regulación (ASIER) y miembro del Jurado de las Pruebas de Grado de la Maestría en Derecho Público de la Universidad Autónoma de Centroamérica Ha sido docente por dieciséis años impartiendo cursos como Derecho Constitucional 1 y 2, de Licenciatura en la Universidad Escuela Libre de Derecho. También Derecho Administrativo y Regulación, como profesor invitado Doctorado en Derecho de la Universidad Escuela Libre de Derecho y ha impartido el curso de Regulación y Competencia en...

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