Comentario al artículo 1136 de Código Civil

Fecha06 Octubre 2022
AutorKarol Vanessa Solano Ramírez
SecciónCódigo Civil

COMENTARIO

Una de las obligaciones de quien da en arriendo, es precisamente la de mantener al arrendatario en el uso y disfrute pacífico de la cosa alquilada, durante el tiempo establecido en el contrato.

La garantía de evicción se encuentra regulada desde el art. 1034 y siguientes del Código Civil (CC).

Ahora, en caso de que alguna persona alegando tener un derecho de uso, posesión o propiedad sobre la cosa dada en arriendo, perturbe al arrendatario en esa tenencia pacífica y disfrute de la cosa, el arrendador tiene el deber de cumplir con esa obligación de garantía evicción.

Esta garantía legal, no cubre el caso de aquella persona que, por simples vías de hecho, perturba el uso pacífico y disfrute de la cosa al arrendatario.

La perturbación por simples vías de hecho, se da cuando una persona perturba la posesión, pero no alega tener un derecho de uso, posesión o propiedad sobre la cosa.

El derecho de uso es un derecho real que le permite a una persona tener y usar un bien, que no le pertenece. El derecho de posesión es aquel derecho real que tiene una persona sobre una cosa que tiene bajo su poder y voluntad. Y el derecho de propiedad es un derecho real de dominio y disposición de un bien.

Por lo que, en estos supuestos el arrendatario deberá de dirigir la acción únicamente contra esa persona, y no contra el arrendante. Será ese tercero el responsable de indemnizar los daños y perjuicios que haya podido causarle al arrendatario.

Según el art.101 del Código Procesal Civil (CPC), esa pretensión se dilucidará mediante el proceso ordinario.


AUTOR

Karol Vanessa Solano Ramírez • Cuenta con un Diplomado en Derechos Humanos otorgado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, una especialización en materia Civil otorgado por la Escuela Judicial de Costa Rica, una Maestría en Administración y Derecho Empresarial otorgado por la Universidad Escuela Libre de Derecho y una Maestría en Administración de Justicia-Enfoque Socio jurídico-con énfasis en Administración de Justicia Civil otorgado por la Universidad Nacional Se desempeña en el Poder Judicial desde hace poco más de veintitrés años, ha ocupado nombramientos como Jueza Civil, Laboral, de Familia, Violencia Doméstica, Pensiones Alimentarias, Penal juvenil, Tránsito y Contravencional. Actualmente, funge como Jueza Civil cuatro en el Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil de Heredia y, como suplente, en el cargo de Jueza Civil y Laboral cinco en el Tribunal de Apelaciones Civil y Laboral...

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