Comentario al artículo 1178 de Código Civil

Fecha06 Octubre 2022
AutorKarol Vanessa Solano Ramírez
SecciónCódigo Civil

COMENTARIO

Una de las obligaciones del transportista o porteador es la entrega de la cosa al destinatario, por lo que, en caso de que no lo haga, estaría incumpliendo con dicha obligación, y debería de responder por el valor total de la misma.

El precio de la cosa lo pueden definir las partes, de común acuerdo. Pero si eso no fuere posible, ese valor deberá de ser determinado por algún medio probatorio regulado en el art. 41.2 del Código Procesal Civil (CPC).

Sin embargo, si los bienes transportados fueran títulos de crédito, dinero, alhajas o cualquier otro objeto precioso, y se encontraban encerrados en un paquete, una maleta o cualquier otra cosa, el tribunal fijará su valor atendiendo a la apariencia del objeto, y al modo y las condiciones del transporte.

En cuanto a la apariencia del objeto, se deberá de determinar el conjunto de características que poseía la cosa. El modo de trasporte fue determinado en el contrato, y podría ser de carácter marítimo, terrestre, etc., y por su parte las condiciones del transporte son aquellas circunstancias que determinan el estado de ese transporte. Por lo que, si una cadena de oro iba en una valija, su valor será determinado por las características de esa cadena, como lo son el tamaño, su peso, el material en que fue elaborada, además, si el transporte se realizó vía marítima y las condiciones del traslado, como el tiempo de duración del traslado, o cualquier otro dato relevante que brinde información con respecto al valor de esa cosa.

Para recabar toda la información antes mencionada, y así poder determinar el valor de los títulos de crédito, dinero, alhajas u otros objetos preciosos, será necesario practicar todos los medios probatorios admitidos dentro del proceso judicial, según lo dispuesto en el art. 41.2 CPC. Posteriormente, esa prueba deberá de ser valorada de acuerdo a las reglas de la experiencia, lógica, ciencia y correcto entendimiento humano.


AUTOR

Karol Vanessa Solano Ramírez • Cuenta con un Diplomado en Derechos Humanos otorgado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, una especialización en materia Civil otorgado por la Escuela Judicial de Costa Rica, una Maestría en Administración y Derecho Empresarial otorgado por la Universidad Escuela Libre de Derecho y una Maestría en Administración de Justicia-Enfoque Socio jurídico-con énfasis en Administración de Justicia Civil otorgado por la Universidad Nacional Se desempeña en el Poder Judicial desde hace poco más de veintitrés años, ha...

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