Comentario al artículo 148 de Código Procesal de Familia

Fecha06 Octubre 2022
AutorMaripaz Sancho Miranda
SecciónCódigo Procesal de Familia

COMENTARIO

Con el objeto de evitar la dispersión o segmentación de la recepción y valoración de los elementos probatorios, el Código contempla como uno de los referentes en materia de prueba el principio de concentración; de conformidad con el cual, a través de la continuidad del debate en una sola audiencia concentrada no sólo se ahorra tiempo en concordancia con el principio constitucional de la justicia pronta y cumplida; sino también, se evita una distorsión de la verdad al practicar la prueba en un acto, tiempo o lugar diferente. De conformidad con el principio del debido proceso, se permite que la prueba sea atacada, comprobada y puesta en contradicho en una sola unidad.

Tómese en cuenta la estrecha relación de este principio con el de inmediación en el cual se pretende que exista un contacto directo entre las partes, el juez y la prueba, contribuyendo no sólo a una mejor apreciación de la misma, en particular a través de la recepción de testimonios, reconocimiento judicial, declaraciones de parte o audiencias orales de peritos, sino también del contacto personal que de alguna manera favorece a una valoración más humana de los elementos probatorios.


AUTOR

Maripaz Sancho Miranda • Es Máster en Derecho de Familia por la Universidad Internacional de La Rioja y Máster en Mediación Familia por la Escuela de Ciencias Jurídicas de Madrid Se desempeña en Lazos Familiares brindando asesoría legal en Derecho de Familia, como Abogada Directora. También funge como abogada en Bufete Sancho y Asociados S.A Además, ha sido docente por un año en la Universidad de Costa Rica, donde ha impartido cursos como Derecho de Familia I, Derecho de Familia II, Resolución Alterna de Conflictos, y en la Universidad Fidélitas, donde imparte Derecho de Familia I, Derecho de Familia II También es Mediadora y Conciliadora Certificada y ha brindado consultorías sobre Resolución Alterna de Conflictos además de Derecho de Familia. • Este trabajo se realizó en el marco del Acuerdo de Colaboración entre Click Legal by NSdL, S.L. y la Universidad Fidélitas para la Investigación y Producción Intelectual de Obras en el Ámbito del Derecho, de fecha 15.07.2022.

¿COMO CITAR?

Sancho Miranda, Maripaz (2022)....

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR