Comentario al artículo 175 de Constitución Política

Fecha06 Octubre 2022
AutorMagally Hernández Rodríguez
SecciónConstitución Política

COMENTARIO

Esta norma constitucional es concordante con la competencia constitucional asignada a la Contraloría General de la República (CGR) en el art. 184.2, la cual se refiere a la necesaria intervención de esta Contraloría en materia presupuestaria municipal. Intervención que consiste en el examen, aprobación o improbación del presupuesto de las Municipalidades.

Claramente, debido a la autonomía de gobierno de las Municipalidades, estas pueden dictar su propio presupuesto ordinario o extraordinario, pero para poder entrar en vigencia requieren la aprobación de la CGR. Además, luego de aprobado, esta CGR debe fiscalizar su ejecución.

Al respecto, la CGR emite cada año un monitoreo sobre la perspectiva presupuestaria de los gobiernos locales, así es frecuente que improbar ciertos montos por razones varias, como por ejemplo que haya un exceso en la estimación de los ingresos.


AUTOR

Magally Hernández Rodríguez • Es Doctora en Derecho Público, con Mention trés honorable avec felicitations a l´unanimite du jury por la Université de la Sorbonne Nouvelle Paris III. También es Doctora en Gobierno y Políticas Públicas, graduación de honor, y Máster en Derecho Público, graduación de honor, ambos por la Universidad de Costa Rica. Se desempeña como Letrada en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y ha sido docente por veintiún años en la Facultad de Derecho y Posgrado en Derecho de la Universidad de Costa Rica, específicamente en la Maestría en Derecho Público: impartiendo cursos como Derecho público, Derecho administrativo, Derecho constitucional y Derecho Procesal Constitucional.

¿COMO CITAR?

Hernández Rodríguez, Magally (2022). Comentario al Artículo 175 de 01. CONSTITUCIÓN POLÍTICA de Costa Rica. Click Legal. Click Legal by NSdL, S.L.

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