Comentario al artículo 22 de Código de Comercio

Fecha22 Noviembre 2022
AutorKendall David Ruiz Jiménez
SecciónCódigo de Comercio

COMENTARIO

Este artículo refiere a la sociedad irregular que es distinta a la sociedad de hecho. Su principal característica es que al menos ya se ha iniciado la gestión para su inscripción. Existen documentos que ayudan a determinar que hay una escritura de una sociedad como lo es la escritura pública; podría ser que solo se firmó, que se presentó al Registro Nacional y no ha sido calificada. Pero esta norma establece una responsabilidad solidaria en caso que operen sin estar inscrita y ocasione una afectación a terceros. Esto implica que por más que sea una sociedad en la que solo responde la sociedad y su patrimonio, en tanto no esté inscrita entonces los fundadores responderán ante terceros por la afectación que se ocasione. Pero hay un liberativo de responsabilidad que en la práctica es un poco complejo, dado que la norma establece que cualquier socio puede gestionar la inscripción de la escritura y, en realidad, es el notario quien está en la obligación de inscribir, pero lo que podría probarse es que quizá hizo gestiones de seguimiento o “presión” para que el notario inscribiera la escritura ante el Registro Nacional. Si ello se demuestra, entonces podría liberar su responsabilidad desde que realizó estas gestiones, lo que se tendría que probar ante los Tribunales de Justicia en caso que se dé un reclamo.


AUTOR

Kendall David Ruiz Jiménez • Es Doctor en Derecho Comercial y Procesal Civil por la Universidad Escuela Libre de Derecho, Máster en Derecho Empresarial y Máster en Administración de Negocios con Énfasis en Recursos Humanos, ambas por la Universidad Latinoamericana de Ciencia y Tecnología de Costa Rica. Además, es Especialista en Derecho Notarial y Registral por la Universidad Federada de Costa Rica, graduado en Georgetown University (Washington, Estados Unidos de Norteamérica) y de INCAE Business School en la Especialidad “Legal Aspects Of International Business” (Aspectos Legales de los Negocios Internacionales) Se desempeña en el bufete Aselecom Abogados y como profesor universitario, con diez años de ejercicio de la docencia, en la Universidad Fidélitas de Costa Rica, en la Federación Iberoamericana de Abogados, en el Instituto Costarricense de Derecho Procesal y en la Asociación Internacional de Profesionales en Derecho Ha brindado consultorías en materias como Derecho Mercantil, Laboral y Propiedad Intelectual Ganador del Premio World Leaders Award 2020, entregado por la organización Global Creación sin Límites y Diversas...

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