Comentario al artículo 47 de Código de Comercio

Fecha23 Noviembre 2022
AutorKendall David Ruiz Jiménez
SecciónCódigo de Comercio

COMENTARIO

La intencionalidad es un factor vital para los compromisos que adquiere el administrador, pero ¿por qué la intencionalidad? Esto dado que el art. 47 del Código de Comercio establece que las acciones que realice la persona que nombrada como administradora, serán atribuibles a la compañía aun cuando no indique expresamente que es en representación de la sociedad. Se analiza el contexto íntegro y la intención del administrador para actuar en representación de la sociedad en nombre colectivo. Esta será una labor de la persona juzgadora en caso que se le presente un conflicto de esta naturaleza, dado que en caso que tenga una situación de este tipo tiene que analizar todos los elementos de prueba que determinen esta intención. La misma norma divide que si son negocios, compromisos o bien obligaciones que no guardan relación con el objeto o la finalidad de la sociedad, se entenderá entonces que es algo personal del administrador. Fruto de esta regulación es recomendable siempre dejar muy claro, en las actuaciones de la persona que funja como administrador, si actúa en representación de la sociedad o en nombre propio, con el fin de no tener problemas de interpretación.


AUTOR

Kendall David Ruiz Jiménez • Es Doctor en Derecho Comercial y Procesal Civil por la Universidad Escuela Libre de Derecho, Máster en Derecho Empresarial y Máster en Administración de Negocios con Énfasis en Recursos Humanos, ambas por la Universidad Latinoamericana de Ciencia y Tecnología de Costa Rica. Además, es Especialista en Derecho Notarial y Registral por la Universidad Federada de Costa Rica, graduado en Georgetown University (Washington, Estados Unidos de Norteamérica) y de INCAE Business School en la Especialidad “Legal Aspects Of International Business” (Aspectos Legales de los Negocios Internacionales) Se desempeña en el bufete Aselecom Abogados y como profesor universitario, con diez años de ejercicio de la docencia, en la Universidad Fidélitas de Costa Rica, en la Federación Iberoamericana de Abogados, en el Instituto Costarricense de Derecho Procesal y en la Asociación Internacional de Profesionales en Derecho Ha brindado consultorías en materias como Derecho Mercantil, Laboral y Propiedad Intelectual Ganador del Premio World Leaders Award 2020, entregado por la organización Global Creación sin Límites y Diversas Universidades del Mundo. También ganador del Premio Generador de Opinión, otorgado por el Colegio de Periodistas de Costa Rica, año 2022,...

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