Comentario al artículo 476 de Código de Comercio

Fecha06 Octubre 2022
AutorGiselle Solórzano Guillén
SecciónCódigo de Comercio

Solórzano Guillén, Giselle (2022). Comentario al Artículo 476 del Código de Comercio de Costa Rica. Click Legal. Click Legal by NSdL, S.L. Descargado de: .

COMENTARIO

Sobre el contrato de transporte se puede consultar los arts. 323 y siguientes del Código de Comercio (CCom), así como el hecho de que la entrega de la mercadería al porteador equivale a entrega al comprador se puede consultar el art. 474 CCom y sus comentarios.





AUTOR

Giselle Solórzano Guillén • Es Especialista en Derecho Comercial por la Universidad de Costa Rica. Se desempeña en C&S Cerdas & Solórzano Abogados, también como interina en la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica. Durante 25 años ha sido docente en centros educativos como la Universidad Escuela Libre de Derecho, donde ha impartido cursos como Derecho Privado, Derecho de Obligaciones, Derecho de Familia, y en la Universidad de Costa Rica donde ha sido profesora de Juicios Universales I y II. Ha realizado consultorías en materias de Comercial, Civil y Familia.

¿COMO CITAR?

Solórzano Guillén, Giselle (2022). Comentario al Artículo 476 de 08. CÓDIGO DE COMERCIO de Costa Rica. Click Legal. Click Legal by NSdL, S.L.

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