Comentario al artículo 604 de Código de Comercio

Fecha05 Enero 2023
AutorHilel Zomer Befeler
SecciónCódigo de Comercio

COMENTARIO

Contrato de Cuenta Corriente Genérico.

El contrato de cuenta corriente en un sentido genérico –no referido al contrato de cuenta corriente bancaria– es aquél contrato mercantil por el cual dos personas que tienen una relación de negocios continuados, acuerdan temporalmente concederse crédito recíproco en el sentido de quedar obligadas ambas partes a ir sentando en cuenta sus remesas mutuas, como partidas de cargo y abono, sin exigirse al pago inmediato, sino el saldo, a favor de la una o de la otra, resultante de una liquidación por diferencia, al ser aquélla cerrada en la fecha convenida. Por ello, antes de la liquidación de la cuenta corriente, ninguno de los contratantes será considerado acreedor o deudor del otro (art. 603 del Código de Comercio –CCom–), pues con la liquidación se determinará la persona del acreedor, la del deudor y el saldo adeudado (art. 611 CCom) Por ello, resulta adecuado establecer que el cuentacorrentista que incluya en la cuenta un crédito garantizado con prenda o hipoteca tendrá derecho de hacer efectiva la garantía por el importe del crédito garantizado, solamente en cuanto resulte acreedor del saldo, es decir, a la terminación del contrato. No obstante, la ley no señala si debe seguirse el proceso para la cesión de créditos (arts. 490 y 491 CCom), y especialmente si la cesión debe hacerse en escritura pública e inscribirse en el registro, para efectos de la publicidad registral y ejecución de la garantía. No obstante, debe pensarse que ello sí es así, pues para que la cesión sea eficaz debe notificarse al deudor (arts. 1104 del Código Civil –CC– y 491 CCom). Asimismo, la inscripción del nuevo acreedor son aspectos esenciales de la prenda y la hipoteca (arts. 464 CC y 537 CCom).


AUTOR

Hilel Zomer Befeler • Es Licenciado en Derecho por la Universidad de Costa Rica, Máster en Derechos Fundamentales por la Universidad Carlos III de Madrid y Máster en Administración de Negocios por la Universidad Internacional de las Américas Se desempeña como Abogado Especialista y Jefe de la Dirección Jurídica del Banco Nacional de Costa Rica Por más de cinco años impartió la cátedra de Derecho Público y Administrativo en la...

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